REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

CARACAS ___________ DE ____________ DE 2002
Años 192° y 143°

En fecha 20 de noviembre de 2002, se dio por recibido en esta Corte el Oficio N° 1091 de fecha 5 de noviembre de 2002, anexo al cual el Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, remitió el cuaderno separado contentivo de la inhibición presentada en fecha 5 de noviembre de 2002, por la ciudadana PETY TORRES SEQUERA, en su carácter de Jueza Provisoria del referido Juzgado, en el recurso contencioso administrativo de anulación interpuesto por el ciudadano VICTOR JULIO FLORES OJEDA, titular de la Cédula de Identidad N° 6.058.636, contra la ALCALDÍA DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS.

En fecha 21 de noviembre de 2002, se dio cuenta a la Corte y se designó ponente a la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño, quien con tal carácter suscribe el presente fallo.

En fecha 22 de noviembre de 2002, se pasó el expediente a la Magistrada ponente, a los fines de que dicte la decisión correspondiente en el presente caso.

En virtud de la incorporación del Magistrado César J. Hernández B. quien sustituye a la Magistrada Ana María Ruggeri Cova, en razón de su ausencia temporal, esta Corte quedó constituida de la siguiente manera: Perkins Rocha Contreras, Presidente; Juan Carlos Apitz Barbera, Vice-Presidente; y los Magistrados Evelyn Marrero Ortíz, Luisa Estella Morales Lamuño y César J. Hernández B.

En aras de la tutela judicial efectiva y con la finalidad de que esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo realice un pronunciamiento ajustado a derecho en la presente causa, se estima necesario solicitar a la ciudadana PETY TORRES SEQUERA, en su condición de Jueza Provisoria del Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, remita las copias certificadas del escrito libelar presentado por el ciudadano Victor Julio Flores Ojeda, en el expediente identificado con el N° 5952, con el objeto de apreciar esta Corte los motivos y los actos impugnados en la referida causa objeto de la presente inhibición, para lo cual tendrá que remitirlo dentro un lapso de cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación del presente auto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.


Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.


El Presidente,


PERKINS ROCHA CONTRERAS


El Vicepresidente,


JUAN CARLOS APITZ BARBERA

Los Magistrados,


EVELYN MARRERO ORTÍZ



LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
Ponente




CÉSAR J. HERNÁNDEZ B.


La Secretaria,


NAYIBE ROSALES MARTÍNEZ


LEML/rct
Exp. N° 02-2402