Caracas, ____________de____________de 2002
Años 192° y 143°

En fecha 18 de septiembre de 1989, se dio por recibido en esta Corte el oficio N° 14.704-89, emanado del Tribunal de la Carrera Administrativa, anexo al cual remitió el expediente contentivo de la querella interpuesta por la abogada Maglen Rampaly de Morrel, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 9.574, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana Maritza Herenia Méndez de Valor, cédula de identidad N° 2.424.177, contra el Ministerio de Educación, hoy Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.

Tal remisión se efectuó en virtud de haberse oído en ambos efectos las apelaciones interpuestas por el abogado Rafael Chacón Novoa, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 17.957, actuando como tercero interesado en la presente causa y por la abogada Luisa Figueroa Barroso, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 4.618, actuando en su carácter de Sustituta del Procurador General de la República, contra la sentencia dictada en fecha 1° de agosto de 1989 por el referido Tribunal, mediante la cual declaró parcialmente con lugar la querella interpuesta.

En fecha 18 de septiembre de 1989 se dio cuenta a la Corte y, por auto separado de esa misma fecha se designó ponente al Magistrado José Agustín Catalá, fijándose el décimo día de despacho siguiente para comenzar la relación de la causa.

En fecha 3 de octubre de 1989, se agregó a los autos el escrito de fundamentación de la apelación consignado por el abogado Rafael Chacón Novoa.

El día 4 de octubre de 1989, fue agregado a los autos el escrito de fundamentación de la apelación consignado por el abogado Julio Guerrero Venegas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 1.337, actuando en su carácter de Sustituto del Procurador General de la República. En esa misma se dejó constancia que comenzó la relación de la causa.

En fecha 29 de junio de 1994, reconstituida la Corte, se designó ponente a la Magistrada María Amparo Grau.

En fecha 29 de enero de 1990, siendo la oportunidad para que tuviera lugar el acto de informes se dejó constancia de que las partes presentaron sus respectivos escritos. En esa misma fecha se dijo “Vistos”.

Reconstituida la Corte en fecha 15 de septiembre de 2000 y, juramentada su nueva Directiva en fecha 29 de enero de 2001, la misma quedó conformada de la siguiente manera: PERKINS ROCHA CONTRERAS, Presidente; JUAN CARLOS APITZ BARBERA, Vicepresidente, EVELYN MARRERO ORTIZ, LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO Y ANA MARIA RUGGERI COVA, reasignándose la ponencia al Magistrado Perkins Rocha Contreras.

Revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, esta Corte observa, que desde la fecha en que se dijo “Vistos”, esto es, el 29 de enero de 1990, hasta la presente fecha, no existe actuación alguna de las partes, mediante la cual insten a este Órgano Jurisdiccional a dictar sentencia sobre el mérito de la causa, existiendo una paralización en el juicio que hace presumir el decaimiento del interés de las mismas en continuar con el proceso, por lo que conforme al criterio acogido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia de fecha 1° de junio de 2001, se ordena notificar a las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, para que comparezcan dentro del lapso de diez (10) días de despacho siguientes a aquel en que conste en autos la última de las notificaciones, a fin de que manifiesten su interés en que sea sentenciada la presente causa, con la advertencia de que la falta de comparecencia hará presumir la perdida de su interés en la misma y, en consecuencia, se declarará extinguida la instancia.

Publíquese, regístrese. Cúmplase lo ordenado.


El Presidente-Ponente,


PERKINS ROCHA CONTRERAS


El Vicepresidente,


JUAN CARLOS APITZ BARBERA



MAGISTRADAS




EVELYN MARRERO ORTIZ




LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO





ANA MARÍA RUGGERI COVA




La Secretaria,


NAYIBE CLARET ROSALES MARTINEZ




PRC/10