Caracas, ____de ______________ de 2002
Años 192° y 143°


En fecha 1° de febrero de 1988, se recibió en esta Corte el Oficio N° 12 del 21 de enero de ese mismo año, mediante el cual el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil del Tránsito, del Trabajo, de Menores y de lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, remitió el expediente contentivo del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el abogado AQUILES LÓPEZ RAMIREZ inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 16.688, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil DRESSER DE VENEZUELA, C.A, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y el Estado Miranda en fecha 16 de agosto de 1956 bajo el N° 52, Tomo 13-A, contra la Resolución S/N de fecha 16 de julio de 1987, dictada por EL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO CARONÍ DEL ESTADO BOLÍVAR que declaró sin lugar el recurso interpuesto contra la Resolución N° 168-87 de fecha 25 de mayo de 1987 que notificó a la Sociedad Mercantil ya identificada la decisión de la Cámara Municipal de que debía cancelar al fisco nacional la cantidad de Un Millón Cuatrocientos Veinticuatro Mil Novecientos Cuarenta y Cuatro con Ochenta Céntimos por concepto de impuestos causados y no pagados.

Dicha remisión se efectuó por haber sido oída en ambos efectos la apelación ejercida por el abogado ANTONIO MARIA CALATRAVA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 14.519, en su carácter de apoderado judicial del Concejo Municipal del Municipio Autónomo Caroní del Estado Bolívar de la sentencia dictada por dicho Juzgado en fecha 13 de enero de 1988, que declaró la nulidad de las Resoluciones ya identificadas.

El 17 de febrero de 1988 se dio cuenta a la Corte y por auto de la misma fecha se designó ponente.

El 7 de marzo de 1988 comenzó la relación de la causa. Ese mismo día la parte apelante presentó su escrito de Fundamentación de la Apelación

En fecha 20 de abril de 1988, oportunidad fijada para que tuviera lugar el Acto de Informes, se dejó constancia de la comparecencia del abogado de la parte actora y la no comparecencia de la otra parte.

Ese mismo día esta Corte dijo “Vistos”.

Constituida la Corte el 19 de enero de 2000, se designó ponente a la Magistrada EVELYN MARRERO ORTIZ.

Reconstituida la Corte el 15 de septiembre de 2000 con los Magistrados que actualmente la integran, y juramentadas las nuevas autoridades directivas en fecha 29 de enero de 2001, se ratificó ponente a la Magistrada antes identificada.

Ahora bien, revisadas las actas procesales que conforman el expediente, esta Corte observa, que desde la fecha en que se dijo “Vistos”, esto es el 20 de abril de 1988, no existe actuación alguna de las partes, mediante la cual insten a este Órgano Jurisdiccional a dictar sentencia sobre el mérito de la causa, existiendo una paralización en el juicio que hace presumir el decaimiento de su interés, por lo que, conforme al criterio acogido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia N° 956 de fecha 1° de junio de 2001, caso Fran Valero González y Milena Portillo Manosalva de Valero contra el Juzgado Superior Segundo Accidental en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira; se ordena notificar a la parte actora, de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, para que comparezca dentro del lapso de diez (10) días de despacho, a fin de que manifieste su interés en que se le sentencie en la presente causa, con la advertencia de que la falta de comparecencia hará presumir la pérdida de su interés en la misma y, en consecuencia, se declarará extinguida la instancia.

Publíquese, regístrese. Cúmplase lo ordenado.

El Presidente,



PERKINS ROCHA CONTRERAS
El Vicepresidente,


JUAN CARLOS APITZ BARBERA

Las Magistradas,




EVELYN MARRERO ORTIZ
Ponente



LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO



ANA MARIA RUGGERI COVA


La Secretaria,


NAYIBE ROSALES MARTINEZ


88-8491
EMO/11