Caracas,________de______________de 2002
Años 192° y 143°


En fecha 25 de mayo de 1992, se dio por recibido en esta Corte el Oficio N° 26.402, de fecha 24 de abril de 1992, emanado del Tribunal de la Carrera Administrativa, anexo al cual remitió el expediente contentivo de la querella funcionarial, interpuesta por la abogada Ana Azarak de Medina, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 10.244, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ALEJANDRA J. GÓMEZ TEBET, titular de la cédula de identidad N° 4.772.403, contra el acto administrativo dictado por el ciudadano Mario Gonzáles Lares, en su carácter de Presidente del INSTITUTO DE ASEO URBANO PARA EL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, contenido en las Resoluciones Nros. 0209 y 0289, de fechas 20 de marzo de 1989 y 28 de abril de 1989, respectivamente, mediante las cuales se le notificó a la prenombrada ciudadana de su remoción y posterior retiro del referido Instituto.

Tal remisión se efectuó en virtud de la apelación ejercida por la abogada Ana Azarak de Medina, antes identificada, contra la sentencia de fecha 24 de abril de 1992, dictada por el prenombrado Tribunal, mediante la cual se declaró parcialmente con lugar la querella interpuesta.

En fecha 12 de junio de 1992, se dio cuenta a la Corte, se designó ponente al Magistrado Alexis Pinto D. y se fijó el décimo (10°) día de despacho siguiente para comenzar la relación de la causa.

En fecha 27 de julio de 1992, la apoderada judicial de la parte actora, presentó escrito de fundamentación de la apelación ejercida.

En fecha 6 de agosto de 1992, comenzó la relación de la causa.

En fecha 16 de septiembre de 1992, venció el lapso para la contestación a la fundamentación de la apelación, sin que se hiciera uso del mismo.

En fecha 30 de septiembre de 1992, venció el lapso para la promoción de pruebas, sin que se hiciera uso del mismo.

En fecha 22 de octubre de 1992, oportunidad fijada para que tuviera lugar el acto de informes, se dejó constar que las partes no presentaron sus respectivos escritos de informes y se dijo “Vistos”.

Reconstituida esta Corte con los Magistrados que actualmente la integran y elegida su nueva Directiva, la misma quedó conformada de la siguiente manera: Perkins Rocha Contreras, Presidente; Juan Carlos Apitz Barbera, Vicepresidente y las Magistradas Evelyn Marrero Ortíz, Luisa Estella Morales Lamuño y Ana María Ruggeri Cova, habiendo sido reasignada la ponencia a la Magistrada quien con tal carácter suscribe la presente decisión.

Ahora bien, revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, esta Corte observa, que desde la fecha en que se dijo “Vistos”, esto fue, el 22 de octubre de 1992, no existe actuación alguna de la parte apelante mediante la cual inste a este Órgano Jurisdiccional a dictar sentencia sobre el mérito de la causa, existiendo una paralización en el juicio que hace presumir el decaimiento de su interés, por lo que conforme al criterio acogido por esta Corte de la sentencia de fecha 1° de junio de 2001 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, se ordena notificar a la ciudadana Alejandra J. Gómez Tebet, antes identificada, de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, para que comparezca dentro del lapso de diez (10) días de despacho siguientes a que conste en autos su notificación, a fin de que manifieste su interés en que le sea sentenciada la presente causa, con la advertencia de que la falta de comparecencia hará presumir la pérdida de su interés en la misma y, en consecuencia, se declarará extinguida la acción.

En tal sentido, habiendo sido el Instituto de Aseo Urbano para el Área Metropolitana de Caracas, la parte querellada en el presente caso, se ordena notificar a la Procuradora General de la República, a tenor de lo dispuesto en el artículo 84 del Decreto con fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

Publíquese, regístrese y notifíquese.


El Presidente


PERKINS ROCHA CONTRERAS


El Vicepresidente


JUAN CARLOS APITZ BARBERA


Las Magistradas,


EVELYN MARRERO ORTÍZ


LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
Ponente


ANA MARÍA RUGGERI COVA


La Secretaria Accidental,


NAYIBE ROSALES MARTÍNEZ



N° Exp. 92-13158
LEML/vrs