Caracas, _______________de ________________de 2002
Años 192° y 143°

En fecha 11 de mayo de 1983, se recibió en esta Corte el Oficio Nº 236 del 2 del mismo mes y año, emanado del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, anexo al cual remitió el expediente contentivo del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos conforme a lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia por el abogado MORRIS SIERRAALTA inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 443, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano RAFAEL POLEO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y portador de la cédula de identidad Nº 1.480.843, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 103 de fecha 8 de marzo de 1983, emanada del ciudadano RODOLFO JOSÉ CÁRDENAS, en su condición de GOBERNADOR del entonces DISTRITO FEDERAL, actualmente, DISTRITO CAPITAL, mediante la cual se ordenó medida de arresto por quince (15) días del recurrente y de los ciudadanos JORGE OLAVARRIA y AMABLE ROSALES.

La remisión se efectuó por haber sido oída en ambos efectos la apelación ejercida por los abogados JOSÉ ARGENIS RIVAS DUGARTE y YINNELLY GONSALES TORRES, actuando con el carácter de Sindico Procurador Municipal del extinto Distrito Federal y de apoderada judicial de la Municipalidad del entonces Distrito Federal, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos. 8.180 y 8.858, respectivamente, contra la sentencia dictada en fecha 21 de abril de 1983, por el mencionado Juzgado, la cual declaró con lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto.

En fecha 16 de mayo de 1983 se dio cuenta a la Corte y, por auto de esa misma fecha se designó ponente, fijándose el décimo día de despacho siguiente para comenzar la relación de la causa.

El 30 de mayo de 1983 comenzó la relación de la causa.

En la misma fecha los abogados JOSÉ ARGENIS RIVAS DUGARTE y YINNELLY GONSALES TORRES, ya identificados, actuando con el carácter antes indicado, presentaron Escrito de Fundamentación de la Apelación.

El 31 de mayo de 1983 se inició el lapso de cinco días de despacho para la Contestación de la Apelación, el cual venció el 6 de junio del mismo año.

En fecha 30 de junio de 1983, oportunidad fijada para que tuviese lugar el Acto de Informes, se dejó constancia de que los abogados JOSÉ ARGENIS RIVAS DUGARTE y YINNELLY GONSALES TORRES, actuando con el carácter de Sindico Procurador Municipal del extinto Distrito Federal y de apoderada judicial de la Municipalidad del entonces Distrito Federal, respectivamente, consignaron su respectivo escrito. En esa misma fecha la Corte dijo “Vistos”.

Constituida la Corte el 19 de enero de 2000, se designó ponente a la Magistrada EVELYN MARRERO ORTIZ.

Reconstituida la Corte el 15 de septiembre de 2000, con los Magistrados que actualmente la integran, y juramentadas las nuevas autoridades directivas el 29 de enero de 2001, se ratificó ponente a la Magistrada quien con tal carácter suscribe la decisión.

Ahora bien, revisadas las actas procesales que conforman el expediente, esta Corte observa, que desde la fecha en que se dijo “Vistos”, esto es, el 30 de junio de 1983, no existe actuación alguna de la parte recurrente, mediante la cual inste a este Órgano Jurisdiccional a dictar sentencia sobre el mérito de la causa, existiendo una paralización en el juicio que hace presumir el decaimiento del interés, por lo que, conforme al criterio acogido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia de fecha 1° de junio de 2001, se ordena notificar al actor, de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, para que comparezca dentro del lapso de diez (10) días de despacho, a fin de que manifieste su interés en que le sea sentenciada la presente causa, con la advertencia de que la falta de comparecencia hará presumir la perdida de su interés en la misma y, en consecuencia, se declarará extinguida la acción.

Publíquese, regístrese. Cúmplase lo ordenado.

El Presidente,


PERKINS ROCHA CONTRERAS
El Vicepresidente,


JUAN CARLOS APITZ BARBERA

Las Magistradas,

EVELYN MARRERO ORTIZ
Ponente
LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO


ANA MARÍA RUGGERI COVA

La Secretaria,


NAYIBE ROSALES MARTINEZ

Exp. N° 83-3013
EMO/04