REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Caracas, de de 2002
Años 192° y 143°


En fecha 15 de noviembre de 1977, el ciudadano JORGE BAHACHILLE MERDENI, titular de la Cédula de Identidad N° 1.856.923, actuando en su propio nombre y representación, asistido por el abogado RAMÓN CARMONA VÁSQUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 858, interpuso recurso contencioso administrativo de anulación conjuntamente con suspensión de efectos, contra los actos administrativos dictados en fechas 3 de noviembre de 1975 y 13 de julio de 1977, dictados por el TRIBUNAL DISCIPLINARIO DEL COLEGIO DE ABOGADOS DEL DISTRITO FEDERAL (HOY DISTRITO CAPITAL) Y EL COLEGIO DE ABOGADOS DE VENEZUELA, respectivamente, mediante los cuales se suspendió al recurrente del ejercicio de la profesión de abogado por un lapso de 6 meses, en el primer acto y por 8 meses más amonestación, en el segundo de ellos.

En fecha 21 de noviembre de 1977, se dio cuenta a la Corte; se designó ponente al Magistrado JOSEFINA CALCAÑO DE TEMELTAS a fin de que se pronunciara la suspensión solicitada.

En fecha 20 de diciembre de 1977, esta Corte admitió la demanda intentada y declaró que, conforme al artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, los efectos del acto administrativo impugnado, quedan suspendidos de pleno derecho hasta que sea dictada sentencia definitiva.

En fecha 16 de febrero de 1978, se abrió el lapso probatorio. El 28 de febrero de 1978 el Juzgado de Sustanciación se pronunció sobre las pruebas presentadas.

El 9 de marzo de 1978 se remitió el expediente a esta Corte, donde se dio por recibido el 13 de marzo del mismo año. En esta misma fecha se designó ponente a la Magistrada JOSEFINA CALCAÑO DE TEMELTAS.

En fecha 16 de marzo de 1978 comenzó la primera etapa de la relación de la causa. El 3 de abril de 1978, siendo la oportunidad fijada para que tuviera lugar el acto de Informes, se dejó constancia de que las partes no comparecieron.

El 4 de abril de 1978 comenzó la segunda etapa de la relación de la causa, venciendo el 11 de mayo de 1978, en esa misma oportunidad se dijo “Vistos”.

En fecha 17 de marzo de 1982 se designó ponente al Magistrado ROMÁN JOSÉ DUQUE CORREDOR.

Reconstituida la Corte en fecha 15 de septiembre de 2000, con los Magistrados que actualmente la integran y juramentada la nueva Directiva en fecha 29 de enero de 2001, quedó constituida de la siguiente manera: PERKINS ROCHA CONTRERAS, Presidente; JUAN CARLOS APITZ BARBERA, Vice-Presidente; EVELYN MARRERO ORTIZ, LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO y ANA MARÍA RUGGERI COVA; posteriormente se reincorporó al Magistrado CÉSAR J. HERNÁNDEZ, reasignándose la ponencia al Magistrado JUAN CARLOS APITZ BARBERA.

Ahora bien, revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, esta Corte observa que desde la fecha en que se dijo “Vistos”, esto es, el 11 de mayo de 1978, no existe ninguna actuación del actor mediante la cual se inste a este Órgano Jurisdiccional a dictar sentencia sobre el mérito de la causa, existiendo una paralización en el juicio que hace presumir el decaimiento de su interés, por lo que conforme al criterio acogido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en la sentencia de fecha 1° de junio de 2001, se ordena notificar al actor, en concordancia con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, que deberá comparecer dentro del lapso de diez (10) días de despacho, a fin de que manifieste su interés en que se le sentencie en la presente causa, con la advertencia de que la falta de comparecencia hará presumir la pérdida de su interés en la misma y, en consecuencia, se declarará extinguida la acción.
Publíquese, regístrese. Cúmplase lo ordenado.
El Presidente,


PERKINS ROCHA CONTRERAS

El Vicepresidente,


JUAN CARLOS APITZ BARBERA
Ponente

MAGISTRADAS:



EVELYN MARRERO ORTIZ




ANA MARIA RUGGERI COVA





LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO



La Secretaria Accidental,


NAYIBE ROSALES MARTINEZ
Exp. N° 77-245
JCAB/c