REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Caracas, _________________ de __________________de 2002
Años 192° y 143°
En fecha 1° de marzo de 1991, se dio por recibido en esta Corte el oficio N° 20.338-91 de fecha 27 de febrero de ese mismo año, emanado del extinto Tribunal de la Carrera Administrativa, anexo al cual remitió el expediente contentivo de la querella interpuesta por el abogado William de Jesús Gamboa Peruchini, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 36.753, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Angel Esteban Vegas Moreno, cédula de identidad N° 334.136, contra el Ministerio de Transporte y Comunicaciones, hoy Ministerio de Infraestructura.
Tal remisión se efectuó en virtud de haberse oído en ambos efectos la apelación interpuesta por el mencionado abogado contra el auto dictado por dicho Tribunal en fecha 16 de enero de 1991, mediante el cual se declaró inadmisible la querella incoada.
En fecha 11 de abril de 1991, se dio cuenta a la Corte y por auto separado de esa misma fecha se designó ponente al Magistrado José Agustín Catalá, fijándose el décimo (10°) día de despacho siguiente para comenzar la relación de la causa.
El día 16 de abril de 1991, se agregó a los autos el escrito contentivo de la fundamentación de la apelación, consignado por el apoderado judicial de la parte actora.
En fecha 28 de abril de 1991, se dejó constancia de que comenzó la relación de la causa.
En fecha 22 de octubre de 1991, siendo la oportunidad fijada para que tuviera lugar el acto de informes, se dejó constancia de que la parte accionante consignó su respectivo escrito, no así la parte accionada.
El día 31 de octubre de 1991 se dijo “Vistos”.
En fecha 29 de junio de ese mismo año, reconstituida la Corte, se designó ponente a la Magistrado María Amparo Grau, a los fines de dictar la decisión correspondiente.
Reconstituida la Corte en fecha 15 de septiembre de 2000 y, juramentada su nueva Directiva en fecha 29 de enero de 2001, la misma quedó conformada de la siguiente manera: PERKINS ROCHA CONTRERAS, Presidente; JUAN CARLOS APITZ BARBERA, Vicepresidente, EVELYN MARRERO ORTIZ, LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO Y ANA MARIA RUGGERI COVA, reasignándose la ponencia al Magistrado Perkins Rocha Contreras.
En fecha 14 de octubre de 2002, en virtud de la incorporación del Magistrado César J. Hernández B., esta Corte quedó constituida de la siguiente manera: Perkins Rocha Contreras, Presidente; Juan Carlos Apitz Barbera, Vice- Presidente; y los Magistrados Luisa Estella Morales Lamuño, César J. Hernández B. y Ana María Ruggeri Cova, ratificándose la ponencia al Magistrado quien con tal carácter suscribe el presente fallo.
Revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, esta Corte observa, que desde la fecha en que se dijo “Vistos”, esto es, el 31 de octubre de 1991, hasta la presente fecha, no existe actuación alguna de las partes, mediante la cual insten a este Órgano Jurisdiccional a dictar sentencia sobre el mérito de la causa, existiendo una paralización en el juicio que hace presumir el decaimiento del interés de las mismas en continuar con el proceso, por lo que conforme al criterio acogido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia de fecha 1° de junio de 2001, se ordena notificar a ambas partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, para que comparezcan dentro del lapso de diez (10) días de despacho siguientes a aquel en que conste en autos la ultima de las notificaciones, a fin de que manifiesten su interés en que sea sentenciada la presente causa, con la advertencia de que la falta de comparecencia hará presumir la perdida de su interés en la misma y, en consecuencia, se declarará extinguida la instancia.
Publíquese, regístrese. Cúmplase lo ordenado.
El Presidente-Ponente,
PERKINS ROCHA CONTRERAS
El Vicepresidente,
JUAN CARLOS APITZ BARBERA
MAGISTRADOS
CÉSAR J. HERNÁNDEZ B.
LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
ANA MARÍA RUGGERI COVA
La Secretaria,
NAYIBE CLARET ROSALES MARTINEZ
PRC/10