REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Caracas, ________________ de ________________ de 2002
Años 192° y 143°


En fecha 21 de junio de 1989, el abogado José Ignacio Escalante Mora, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.714, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Nelson Molina, cédula de identidad N° 5.735.505, en el juicio incoado contra la Compañía Anónima de Administración y Fomento Eléctrico (CADAFE) por cobro de Bolívares, procedió a hacer la estimación de los honorarios profesionales de los apoderados judiciales de la parte actora, solicitando a tal efecto medida preventiva de embargo sobre bienes propiedad de la mencionada empresa.

En fecha 2 de agosto de 1989, esta Corte ordenó intimar a la empresa accionada, a los fines de que compareciera dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a su notificación, para consignar la cantidad de un millón trescientos seis mil cuatrocientos cuarenta (Bs. 1.306.440,oo), que fue la estimada por concepto de honorarios profesionales de los apoderados judiciales de la parte actora, o ejerciera el derecho de retasa conferido por el artículo 25 de la Ley de Abogados.

En fecha 17 de enero de 1990, compareció la abogada Doris Vetencourt, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 23.331, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte accionada, dándose por notificada del juicio por intimación de honorarios que se le seguía a la empresa antes mencionada.

En fecha 27 de marzo de 1990, los abogados Richard Bracho, y José Escalante Mora, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 20.430 y 9.714, actuando con el carácter de accionado y accionante, respectivamente, consignaron escrito de transacción mediante la cual dieron por terminado el procedimiento de estimación e intimación de honorarios intentado contra la Compañía Anónima de Administración y Fomento Eléctrico (CADAFE), solicitando a tal efecto la homologación de ésta.

En fecha 5 de abril de 1990, se designó ponente al Magistrado Jesús Caballero Ortiz, a los fines de que dictara la decisión correspondiente.

Reconstituida la Corte en fecha 15 de septiembre de 2000 y, juramentada su nueva Directiva en fecha 29 de enero de 2001, la misma quedó conformada de la siguiente manera: PERKINS ROCHA CONTRERAS, Presidente; JUAN CARLOS APITZ BARBERA, Vicepresidente, EVELYN MARRERO ORTIZ, LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO Y ANA MARIA RUGGERI COVA, reasignándose la ponencia al Magistrado Perkins Rocha Contreras.

En fecha 14 de octubre de 2002, en virtud de la incorporación del Magistrado César J. Hernández B., esta Corte quedó constituida de la siguiente manera: Perkins Rocha Contreras, Presidente; Juan Carlos Apitz Barbera, Vice- Presidente; y los Magistrados Luisa Estella Morales Lamuño, César J. Hernández B. y Ana María Ruggeri Cova, ratificándose la ponencia al Magistrado quien con tal carácter suscribe el presente fallo.

Revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, esta Corte observa, que desde la fecha en que se designó al ponente a los fines de que homologara la transacción, esto es, el 27 de marzo de 1990, hasta la presente fecha no existe actuación alguna de las partes, mediante la cual insten a este Órgano Jurisdiccional a dictar sentencia sobre el mérito de la causa, existiendo una paralización en el juicio que hace presumir el decaimiento del interés de las mismas en continuar con el proceso, por lo que conforme al criterio acogido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia de fecha 1° de junio de 2001, se ordena notificar a las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, para que comparezcan dentro del lapso de diez (10) días de despacho siguientes a aquel en que conste en autos la última de las notificaciones, a fin de que manifiesten su interés en que sea sentenciada la presente causa, con la advertencia de que la falta de comparecencia hará presumir la perdida de su interés en la misma y, en consecuencia, se declarará extinguida la instancia.

Publíquese, regístrese. Cúmplase lo ordenado.



El Presidente,


PERKINS ROCHA CONTRERAS


El Vicepresidente,


JUAN CARLOS APITZ BARBERA


MAGISTRADOS




CÉSAR J. HERNÁNDEZ B.



LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO




ANA MARÍA RUGGERI COVA



La Secretaria,


NAYIBE CLARET ROSALES MARTINEZ


PRC/10