REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de diciembre de dos mil tres
193º y 144º
ASUNTO : KP02-S-2003-009296
Vista la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento y sus anexos, introducida por la Fiscal Decimoquinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara , en la cual solicita se corrija el error existente en la partida de nacimiento de la niña RORAIMA THAIS CARMONA quien fue inscrito por ante Jefatura Civil de la Parroquia Camacaro Catedral Municipio Torres del Estado Lara, en el año 1994 quedando anotada bajo el N° 238 folio 120 de fecha 01-09-1994, en virtud de que se incurrió en colocar el nombre de la madre como "ESTILITA DEL CARMEN" siendo lo correcto "ESTILITA JOSEFINA".
Examinados los recaudos acompañados y las respectivas actas procesales, como son Partida de Nacimiento de la niña emitida por Jefatura Civil de la Parroquia Camacaro del Municipio Torres del Estado Lara, se evidencia que se coloco el nombre dela madre "ESTILITA DEL CARMEN" siendo lo correcto "ESTILITA JOSEFINA". En consecuencia, este Tribunal para la Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 501 y 502 del Código Civil, admite y ORDENA CORREGIR el error material y en consecuencia RECTIFICAR la Partida de Nacimiento de la niña RORAIMA THAIS CARMONA PEREZ, colocaron el nombre de la madre como "ESTILITA DEL CARMEN" siendo lo correcto" ESTILITA JOSEFINA".
A tal fin remítase al Registro Principal del Estado Lara copia de la sentencia junto con oficio.
Expídase por Secretaría copia certificada de la presente decisión y entréguese a la parte interesada a los fines consiguientes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil tres. Años: 192° de la Independencia y 144° de la Federación.

La Juez de Juicio N° 2


Dra Erlinda Oropeza Torres La Secretaria

EOT/emi.-