REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, tres de diciembre de dos mil tres
193º y 144º
ASUNTO : KP02-Z-2003-003989
Visto el convenimiento suscrito por la fiscal decimoquinta del Ministerio Publico de la circunscripción Judicial en beneficios a los ciudadanos FRANKLIN JOSE TORRES CASTILLO Y FLORANGEL YÉPEZ YÉPEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nºs 13.264.861 y 11.883.442, domiciliados la primera en el barrio la Aposta leña, sector III, N° 342 y la segunda en Sabana Grande Parroquia El Cuvi Estado Lara, relacionado con la pensión de Alimento en beneficio de sus hijos YULEISI JOSEFINA y ALFREDO ALEJANDRO, donde llegaron al acuerdo siguiente:
PRIMERO: El padre ofrece suministrar a el niño la cantidad de SETENTA MIL BOLIVARES MENSUALES (Bs. 70.000,00), en efectivo a la madre, la cual expedira un recibo por dicha cantidad.
SEGUNDO: El gastos Médicos, Medicinas, útiles Escolares, uniforme vestidos y calzado serán sufragados por el padre.
TERCERO: El diciembre aportará a su hijo, una bonificación espacial, que cebra los gastos en las fechas decembrinas.
Este régimen comenzara a cumplirse a partir de la presente fecha
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE y HOMOLOGA el convenimiento suscrito por los ciudadanos FLORÁNGEL YEPEZ YEPEZ y FRANKLIN JOSÉ TORRES CASTILLO, en el término ya expresado. Téngase el presente auto como una sentencia definitivamente firme. Expídanse las copias certificadas que las partes soliciten.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, en Barquisimeto, a los tres (03) días del mes de Diciembre del dos mil tres (2.003). Años: 192° y 144°.
La Juez de Juicio N° 2,
Dra. Erlinda Oropeza Torres La Secretaria
EOT/emi.-
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