REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 03 de Diciembre de 2.003
193º y 144º
ASUNTO : KP02-Z-2003-004037
Visto el acto conciliatorio suscrito en la Fiscalía Décimaséptima del Ministerio Público, en fecha 12 de Noviembre de 2.003, por los ciudadanos INGRID OZALY CASTILLO PERNALETE y DOUGLAS CONCEPCIÓN RIVERO, titulares de la Cédula de Identidad Nos. 14.482.250 y 15.960.921, respectivamente, en beneficio de la niña IRIS DULLIANNY RIVERO CASTILLO, de 01 año de edad, mediante el cual llegan al siguiente acuerdo, en cuanto a Régimen de Visitas:
PRIMERO: El padre buscará a su hija en el domicilio materno de 8:00 a.m. a 9:00 a.m. y la regresará a las 2:00 p.m., por estará pendiente de entregarle la niña a la madre en el domicilio paterno, esto de Lunes a Viernes.
SEGUNDO: Cada 15 días el padre buscará a su hija Sábado a las 2:00 p.m. y la regresará el Domingo a las 4:00 p.m.-
TERCERO: En Diciembre 24 con la madre y el 31 con el padre.-
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en Artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, admite y HOMOLOGA el convenio de Régimen de Visitas, y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciéndose saber a las partes que el presente régimen puede ser variado de acuerdo a las necesidades de la niña.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho N° 2 del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, al Tercer (03) día del mes de Diciembre de 2.003. Años: 193° de la Independencia y 144° de la Federación.
La Juez de Juicio N° 2
Dra. Erlinda Oropeza Torres
El Secretario
EOT/CP/merly
KP02-Z-2003-004037
Homologación Régimen de Visitas
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