En el día de hoy, Tres (3) de Diciembre del año Dos Mil Tres (2003), siendo las 9:50 a.m., se traslado y constituyo este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Palavecino y Simón Planas del Estado Lara, por indicación y compañía de la abogado Virginia Peña Ramírez, en la siguiente dirección: Urbanización La Morenura, carrera 1 con calle Los Mangos, N° 154-A-1, Cabudare, Estado Lara, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, juicio por Cobro de Bolívares (Vía Intimación), intentado por Clínica Razetti de Barquisimeto, C.A., a través de su Endosatario en Procuración de la Abogado Virginia Peña Ramírez, Inpreabogado N° 74.429, contra la ciudadana Iris Ivon Bazan de Díaz, títular de la cedula de identidad N° 10.371.797, para practicar la medida de EMBARGO PREVENTIVO. Se designo como Depositaria Judicial de los bienes muebles a embargar a la Depositaria Barquisimeto, C.A., representada en este acto por el ciudadano Giovanny Marchori, títular de la cedula de identidad N° 5.251.231, quien estando presente acepto el cargo y juro cumplir con sus obligaciones y como perito avaluador al ciudadano Miguel Ángel Camacho, títular de la cedula de identidad N° 13.034.936, quien estando presente acepto el cargo y juro cumplir con sus obligaciones. Una vez en el lugar, se hicieron los toques de Ley en la puerta de acceso al inmueble, no siendo atendidos por persona alguna, en la espera del cerrajero hizo acto de presencia la ciudadana Iris Ivon Bazan de Díaz, títular de la cedula de identidad N° 10.371.797, demandada en este acto, a quien se le notifico de la misión del tribunal. En este estado la parte actora, expone: “Señalo para ser embargado los siguientes bienes muebles, es todo”. En este estado el perito inventariador, procede hacer el inventario de los bienes señalados por la parte actora, siendo el siguiente: 1.- Un juego de recibo compuesto por sofá de tres (3) puestos y uno de dos puestos, elaborado en tela de color beige con detalles a raya blanca, verdes y marrón claro, se encuentra en buen estado de conservación, con mesa de centro, elaborado en madera, de forma rectangular, de dos entrepaños, barnizado de color natural, se valora prudencialmente en Trescientos Mil bolívares exactos (Bs. 300.000,00). 2.- Dos (2) sillas corte alto (tipo barra), elaborada en hierro forjado, de color negro, con dos cojines, como asiento, de color verde multicolor, presenta detalles de alambres de colores, se encuentra en buen estado de conservación, valorado en Cincuenta Mil bolívares (Bs. 50.000,00). 3.- un juego de comedor en madera de color madera de color caoba, compuesto por cuatro sillas en madera tallada, todas en muy buen estado, una mesa semiredonda en madera con vidrio en el centro con base de madera, todo en muy buen estado, valorado en ciento Cincuenta Mil bolívares exactos (Bs. 150.000,00). 4.- Un ceibo en madera tallada de color caoba, compuesta por seis (6) puestos batientes en madera tallada, un entrepaño de vidrio, un espejo de fondo en el centro superior, en perfecto estado de conservación, valorado en Cien Mil bolívares exactos (Bs. 100.000,00). 5.- Un mini equipo de sonido, marca AIWA, compuesto, compuesto por dos cornetas de la misma marca, sin serial, ni modelo visible, 1 CD, 2 Deck, de las cuales modelo Deck con los botones dañados, no tiene serial visible, modelo N° CA-DW480Y, en regular estado de conservación, se ignora el funcionamiento, valorado en Cincuenta Mil bolívares (Bs. 50.000,00). 6.- Una computadora compuesta por: teclado, marca IBI, fabricación China, modelo KB-9902PSPAQC, serial N° 102090287874, ratón: marca Aiteg, inalámbrico, sin modelo ni serial, Copiadora: marca Epson, modelo Color 777P230A, serial CU7E004775, cornetas: marca DPI69I, SN990178901, Scanner: marca HP. modelo Q166A, SN: M733AB1051. monitor: marca Aiteg, SN 6921958635196, sin modelo aparente, CPU: marca Omega con dos CD-ROM, fabricación China, con mesa para computadora, marca como Wold Station, de color gris claro en metal plástico, todo se encuentra en buen estado de conservación, se ignora su buen funcionamiento, valorada en Un Millón Quinientos Mil bolívares exactos (1.5000.000,00). 7.- Una Copiadora marca Epson, modelo LX-810, serial N° 44BO259665, en regular estado de conservación, se ignora su funcionamiento, valorado en Sesenta Mil bolívares exactos (Bs. 60.000,00). 8.- Una copiadora marca Olivetti, modelo IP883, Serial N° B6349N/0561300, en regular estado de conservación, se ignora su funcionamiento, valorado en Cincuenta Mil bolívares (Bs. 50.000,00). 9.- Un mueble para computadora, elaborado en madera y metal, con ruedas en su base en buen estado de conservación, cuatro (4) entrepaños, valorado en Ciento Ochenta Mil Bolívares exactos (Bs. 180.000,00). 10.- Una mesita de forma circular, con tres (3) patas, con rueda, marca de color marrón barnizada, en buen estado valorado en Treinta Mil bolívares exactos. (Bs. 30.000). 11.- Un árbol de navidad, de aproximadamente 2,20 Mts, de alto, con todos sus accesorios y adornos, en tono verde manzana y naranja, valorado en Seiscientos Mil bolívares exactos (Bs. 600.000,00). 12.- Un televisor de 13”, marca Phillips, con su respectivo control de la misma marca, no tiene serial, ni modelo visible, serial del TV 7306773, modelo KLL170121, en buen estado de conservación, se ignora su funcionamiento, valorado en Setenta Mil Bolívares Exactos (Bs. 70.000,00). 13.- Un televisor de 21 pulgadas, marca Sony, con su respectivo control, sin serial, ni modelo visible, con puertas laterales, en buen estado de conservación, se ignora su funcionamiento del mismo, valorado en Doscientos Cincuenta Mil bolívares exactos (Bs. 250.000,00). 14.- Un DVD, marca Toshiba, con su respectivo central, marca Toshiba, modelo N° SC-200XS, serial N° 23PL200888, con muy buen estado de conservación, se ignora el funcionamiento, valorado en Treinta Mil Bolívares exactos (Bs. 30.000,00). 15.- Un juego de recibo en madera, color caoba, compuesta por dos (2) poltronas, del mismo tribunal, cuatro (4) cojines en tela floreada, color amarillo, un sofá de dos puestos, cuatro cojines de tela floreada, color amarillo, un sofá de dos puestos, cuatro cojines del mismo material, todo en buen estado de conservación, valorado son Cien Mil bolívares (Bs. 100.000,00). 16.- Una silla para oficina, giratoria de cinco (5) patas, color gris, muy usada, valorada en Diez Mil bolívares exactos (Bs. 10.000). 17.- Un televisor marca Sharp, Tinitron de 20 pulgadas, serial 363614, modelo 20C-M100, en regular estado de conservación, se ignora el buen funcionamiento, valorado en Ciento Cincuenta Mil bolívares exactos (Bs. 150.000,00). 18.- Un aire acondicionado, marca Daewoo, con control remoto, de 12.000 BTU, frontal y cajón de color beige, se imposibilita lectura del modelo y serial, control remoto, pieza N3108402900, en buen estado de conservación, se ignora el buen funcionamiento, valorado en Quinientos Mil Bolívares Exactos (Bs. 500.000,00), el monto total de lo señalado para embargar asciende a la cantidad de Cuatro Millones Cuatrocientos Cincuenta Mil bolívares exactos (Bs. 4.450.000,00). En este estado, este Juzgado Ejecutor de Medidas, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y con la autoridad que le confiere la Ley, decreta el Embargo Preventivo de los bienes señalados por la parte actora, se desposesiona jurídicamente colocándolo en posesión de la Depositaria Judicial Barquisimeto, C.A. En este estado la parte actora, expone: “Me reservo el derecho de seguir embargando bienes propiedad de la demandad, por cuanto lo embargado no cubre el total de la deuda, e igualmente solicito a este tribunal deje los bienes embargados bajo la guarda y custodia de la demandada, por un lapso de Veinticuatro (24) horas, contadas a partir del día de hoy, es todo. En este estado, este Juzgado Ejecutor de Medidas acuerda dejar los bienes anteriormente embargados bajo la guarda y custodia de la ciudadana Iris Ivon Bazan, títular de la cedula de identidad N° 10.371.797, demandada en este acto, por el lapso establecido por la parte actora. El Tribunal deja constancia de que le cancelaron la cantidad de Sesenta Mil bolívares exactos (Bs. 60.000,00) al Delegado de la Depositaria y al Perito avaluador, por dos (2) horas de labor prestada. Siendo las 11:35 a.m., se ordena el regreso del tribunal a su sede de origen, es todo, se leyó y conformes firman.-Fdo- LA JUEZ PROVISORIO, Abogado Gabriela S. Molina González (Firma Ilegible) y sello húmedo.-Fdo- La Demandada, Iris Ivon Bazan de Díaz (Firma Ilegible).-Fdo- La Parte Actora, Abogado Virginia Peña.-Fdo- El Delegado de la Depositaria, Giovanny Marchori (Firma Ilegible).-Fdo- El perito avaluador, Miguel Ángel Camacho (Firma Ilegible).-Fdo- La Secretaria Temporal, T.S.U. Yajaira Lopez (Firma Ilegible) y sello húmedo.
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