Caracas, de de 2003
Años 192° y 143°
El 28 de enero de 2003, la Corte, de conformidad con lo previsto en el artículo 202 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente a tenor de lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, acordó suspender el proceso por quince (15) días, contados partir del 21 de enero hasta el 4 de febrero de 2003.
El 4 de febrero de 2003, los abogados, Héctor Marcano Tepedino, apoderado judicial de LUNCHERÍA Y HELADERÍA LA BRIOCHE, S.R.L. y Jesús Chirino Valero, apoderado judicial de INVERSIONES LOS MORROS, C.A., consignaron escrito de transacción judicial, cuya homologación solicitan.
El 5 de febrero de 2003 se acordó pasar el expediente al Magistrado Ponente, a los fines de que la Corte decida acerca de la referida solicitud.
El 7 de febrero de 2003, se pasó el expediente al Magistrado Ponente.
- II -
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, esta Corte observa que en el documento de transacción consignado, las partes en la Cláusula Quinta dispusieron lo siguiente:
“Si el nuevo contrato de arrendamiento no es firmado en la misma fecha de introducción de esta transacción judicial o en un lapso de tres (3) días continuos siguientes a la firma de esta transacción, ésta quedará sin efecto alguno y el procedimiento seguirá su curso normal hasta decisión definitiva, sin menoscabo de los derechos de cada una de las partes signatarias”.
Sin embargo, no se consignó el nuevo documento de arrendamiento convenido por las partes en la transacción judicial de fecha 4 de febrero de 2003, consignación necesaria a los fines de dejar constancia del cumplimiento de esta circunstancia, con el objeto de poner fin al presente litigio, por lo cual, el proceso debe continuar su curso normal hasta decisión definitiva, en virtud de lo dispuesto por las partes.
Así pues, habiendo vencido el lapso establecido por las partes para consignar el nuevo documento de arrendamiento, el cual debió ser consignado el día de la firma de la transacción o dentro de los tres (3) días continuos siguientes, esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo ORDENA devolver el expediente a la Secretaría, a los fines de que continúe su curso en el estado en que se encuentra.
Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Sesiones de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en Caracas, a los ______________ ( ) días del mes de ________________ del año dos mil tres (2003). Años: 192° de la Independencia y 143º de la Federación.
El Presidente,
PERKINS ROCHA CONTRERAS
El Vicepresidente,
JUAN CARLOS APITZ BARBERA
Ponente
MAGISTRADAS:
EVELYN MARRERO ORTIZ
LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
ANA MARIA RUGGERI COVA
El Secretario Acc.,
RAMÓN ALBERTO JIMÉNEZ
EXP. Nº 02-2343
JCAB/b
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