REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Caracas, ______________ (_____) de _______________ de 2003

Años 193° y 144°




En fecha 4 de febrero de 2002, se dio por recibido en esta Corte el Oficio N° 02-0345 de fecha 30 de enero de 2002, anexo al cual el Tribunal de la Carrera Administrativa remitió el expediente contentivo de la querella funcionarial interpuesta por el abogado Luis Felipe Socorro Añez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 2.929, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS FELIPE SOCORRO GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.205.015, contra el acto administrativo N° H001.230 de fecha 28 de junio de 1999, emanado del MINISTERIO DE HACIENDA, hoy MINISTERIO DE FINANZAS, mediante el cual se revocó la aprobación de su designación al cargo de Director de Averiguaciones Administrativas.

Tal remisión se efectuó en virtud de haber sido oída en ambos efectos, la apelación interpuesta por la abogada Belkys Moreno, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 75.424, en su carácter de Sustituta de la Procuradora General de la República, contra la sentencia dictada por el referido Tribunal en fecha 20 de noviembre de 2001, mediante la cual declaró con lugar la querella ejercida.

En fecha 13 de febrero de 2002, se dio cuenta a la Corte, se designó ponente a la Magistrada Luisa Estella Morales Lamuño y se fijó el décimo (10°) día de despacho siguiente para comenzar la relación de la causa.

En fecha 21 de febrero de 2002, la abogada Elcida Malavé, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 73.145, actuando en su carácter de Consultora Jurídica del Ministerio de Finanzas, presentó escrito de fundamentación de la apelación.

En fecha 19 de marzo de 2002, la representación judicial de la parte querellante presentó su escrito de contestación a la fundamentación de la apelación ejercida.

En fecha 17 de abril de 2002, se agregaron a los autos los escritos de pruebas presentados por ambas partes en fecha 9 de abril de 2002.

En esa misma fecha, la representación judicial de la parte querellante presentó escrito de oposición a las pruebas promovidas por la Sustituta de la Procuradora General de la República.

En fecha 17 de abril de 2002, la Corte ordenó pasar el expediente al Juzgado de Sustanciación a los fines de la admisión de los escritos de promoción de pruebas presentados por las partes.

Mediante autos de fecha 30 de abril de 2002, el Juzgado de Sustanciación señaló que no tiene materia sobre la cual pronunciarse con relación a los escritos de promoción de pruebas presentados por las partes, así como sobre el escrito de oposición presentado por la representación judicial de la parte querellante, por cuanto no ha sido promovido medio de prueba alguno, sino que ha sido reproducido el mérito favorable de los autos.

En fecha 28 de mayo de 2002, se dio cuenta a la Corte.

En fecha 20 de Junio de 2002, ambas partes presentaron sus respectivos escritos de informes y se dijo “Vistos”.

En fecha 28 de Junio de 2002, se pasó el expediente a la Magistrada ponente.

Reconstituida la Corte con los Magistrados que actualmente la integran y elegida su nueva Directiva, la cual quedó conformada de la siguiente manera: Juan Carlos Apitz Barbera, Presidente; Ana María Ruggeri Cova, Vicepresidenta; y los Magistrados Evelyn Marrero Ortíz, Luisa Estella Morales Lamuño y Perkins Rocha Contreras.

Realizada la lectura individual de las actas que conforman el presente expediente, esta Corte pasa a decidir, previas las siguientes consideraciones.


I


En aras de la tutela judicial efectiva y con la finalidad de que esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo realice un pronunciamiento ajustado a derecho en la presente causa, se estima necesario solicitar al Ministerio de Finanzas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, remita en el lapso de diez (10) días contados a partir de la notificación del presente auto, el expediente administrativo correspondiente al ciudadano Luis Felipe Socorro González, anteriormente identificado, puesto que consta de autos que la representación judicial del Ministerio de Finanzas en su escrito de fundamentación de la apelación, hace mención a un procedimiento de destitución que no consta en el expediente principal, razón por la que este Órgano Jurisdiccional considera necesario la remisión del mencionado expediente administrativo, para emitir una decisión ajustada a derecho.


II


Con base en las consideraciones anteriormente expuestas, esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, ordena notificar a la abogada Elcida Malavé, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 73.145, en su carácter de apoderada judicial del Ministerio de Finanzas, para que en el lapso de diez (10) días contados a partir de la notificación del presente auto dé cumplimiento a lo establecido en el mismo.

Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

El Presidente,


JUAN CARLOS APITZ BARBERA

La Vicepresidenta,


ANA MARÍA RUGGERI COVA

Los Magistrados,


EVELYN MARRERO ORTÍZ


LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
Ponente


PERKINS ROCHA CONTRERAS


La Secretaria,


NAYIBE ROSALES MARTÍNEZ


LEML/avr
Exp. N° 02-26682