REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

CARACAS ___________ DE ____________ DE 2003
Años 193° y 144°

El 28 de abril de 2003, se recibió en esta Corte el Oficio N° 1631-02-6682 de fecha 1º de noviembre de 2002, emanado del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, anexo al cual remitió el cuaderno separado contentivo del recurso de apelación ejercido por la abogada YVIS MARINA PARRA BARRIOS, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 25.990, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano JUAN CARLOS GARCÍA GUERRA, venezolano, mayor de edad y portador de la cédula de identidad Nº 7.786.034, contra la decisión dictada por el referido Juzgado en fecha 15 de octubre de 2002, mediante la cual se negó la solicitud de embargo de los salarios caídos de su representado, en el juicio iniciado por interposición del recurso contencioso administrativo de anulación conjuntamente con pretensión de amparo constitucional y solicitud de medida de suspensión de los efectos del acto recurrido de conformidad con lo establecido en el artículo 136 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, por los abogados ELMER SADI ZAMBRANO SALAS y HENRYK EDUARDO GARCÍA ARTEAGA, inscritos en el INPREABOGADO bajos los Nos. 17.770 y 47.699, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO (CADAFE), inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Primera Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 27 de octubre de 1958, bajo el Nº 20, Tomo 33-A, cuya última reforma de su Acta Estatutaria Constitutiva fue inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda el 17 de junio de 1997, bajo el Nº 46, Tomo 28-A-Cto, contra la Providencia Administrativa Nº 96 de fecha 25 de junio de 2001, emanada de la

INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL ESTADO TRUJILLO, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano JUAN CARLOS GARCÍA GUERRA, contra la mencionada Compañía.

La remisión se efectuó por haber sido oído en un solo efecto el recurso de apelación ejercido por la abogada Yvis Marina Parra Barrios, ya identificada, contra la decisión dictada en fecha 15 de octubre de 2002, por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental.

El 30 de abril de 2003 se dio cuenta a la Corte y, por auto de la misma fecha, se designó ponente a la Magistrada EVELYN MARRERO ORTIZ, fijándose el lapso de tres (3) días de despacho a los fines de que las partes presentasen sus alegatos y promoviesen las pruebas que consideraran pertinentes, en virtud de lo establecido en el artículo 169 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, transcurridos los cuales, la Corte procedería a dictar sentencia dentro de los 30 días siguientes, por aplicación analógica del artículo 118 eiusdem.

Juramentadas sus nuevas autoridades el 11 de marzo de 2003, la Corte quedó constituida de la siguiente manera: Magistrado: Juan Carlos Apitz Barbera, Presidente; Magistrada: Ana María Ruggeri Cova, Vicepresidenta; Magistrados: Perkins Rocha Contreras, Evelyn Marrero Ortiz y Luisa Estella Morales Lamuño; ratificándose ponente a la Magistrada quien con tal carácter suscribe la decisión.

En aras de la tutela judicial efectiva y con la finalidad de que esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo realice un pronunciamiento ajustado a derecho en la presente causa, se estima necesario solicitar al ciudadano HORACIO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, en su condición de Juez del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, remita las copias certificadas del expediente identificado con el N° 6682, con el objeto de que esta Corte pueda tener una apreciación más clara acerca de los motivos y los actos que dieron lugar a la presente apelación, lo cual deberá hacer dentro de un lapso de cinco (5) días hábiles contados a partir
de la notificación del presente auto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.

Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Sesiones de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en Caracas, a los __________________ días del mes de ____________ del año dos mil tres (2003). Años 193º de la Independencia y 144º de la Federación.

El Presidente,


JUAN CARLOS APITZ BARBERA
La Vicepresidenta,


ANA MARIA RUGGERI COVA


Los Magistrados,


EVELYN MARRERO ORTIZ
Ponente

LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO




PERKINS ROCHA CONTRERAS





La Secretaria,



NAYIBE ROSALES MARTINEZ


Exp. N° 03-1532
EMO/7