Caracas, _____________de______________2003
Años 192° y 144°


En fecha 21 de agosto de 1992, se dio por recibido Oficio N° 0099 de fecha 6 de agosto de 1992, emanado del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, mediante el cual remite anexo expediente relacionado con el recurso contencioso administrativo de anulación ejercido conjuntamente con suspensión de efectos por la ciudadana Iris Josefina Zumeta Peña, titular de la cédula de identidad número 3.989.659, actuando en su propio nombre y en representación de la Asociación de Vecinos de “Villas del Centro”, asistida por el abogado Argenis Flores, inscrito en el inpreabogado bajo el número 16.122, contra el Concejo Municipal del Municipio San Joaquín del Estado Carabobo.

Dicha remisión se realizó en virtud de la apelación interpuesta por el apoderado de la ciudadana Iris Josefina Zumeta Peña, contra la decisión dictada por el referido Juzgado en fecha 28 de julio de 1992, que declaró con lugar la oposición formulada por los abogados Armando Belloso Clemente y Cecilio Alvarez Carrero, titulares de las cédulas de identidad números 3.712.053 y 2.942.960 respectivamente, en su condición de Directores de la sociedad mercantil Urbanizadora Plavi, S.A., asistidos por el abogado Allan R. Brewer-Carias, inscrito en el inpreabogado bajo el número 3005 y en consecuencia, revocó la medida de suspensión de efectos decretada mediante auto dictado en fecha 20 de julio de 1992, por el mismo Tribunal.

Por auto de fecha 20 de octubre de 1992, se designó ponente a la Magistrada Belén Ramírez Landaeta, a los fines de que la Corte decidiera acerca de la referida apelación. En esa misma fecha, se libró cartel a la sociedad mercantil Urbanizadora Plavi, S.A., notificándole del referido auto.

En fecha 29 de octubre de 1992, el apoderado judicial de la ciudadana Iris Josefina Zumeta Peña, consignó un ejemplar del periódico, donde consta la publicación del cartel de notificación.

En fecha 11 de noviembre de 1992, la abogada Dolores Aguerrevere, inscrita en el inpreabogado bajo el número 44946, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil Urbanizadora Plavi, S.A., presentó escrito de alegatos.

En fecha 14 de junio de 1993, se reasignó la ponencia al Magistrado Gustavo Urdaneta Troconis.

En fecha 3 de junio de 1993, se reasignó la ponencia a la Magistrada Elsy de Gutiérrez.

En fecha 11 de marzo de 2003, juramentada la Directiva de esta Corte, quedó conformada de la siguiente manera: JUAN CARLOS APITZ BARBERA, Presidente; ANA MARÍA RUGGERI COVA, Vicepresidenta; PERKINS ROCHA CONTRERAS, Magistrado; LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO; y EVELYN MARRERO ORTIZ, Magistradas, reasignándose la ponencia al Magistrado quien con tal carácter suscribe el presente fallo.

Ahora bien, esta Corte, considera que para emitir el pronunciamiento definitivo sobre la apelación interpuesta es indispensable conocer el estado en el cual se encuentra la causa principal, es decir, el recurso contencioso administrativo de anulación que fuera ejercido conjuntamente con la suspensión de efectos acordada y cuya posterior revocatoria constituye el motivo de la presente apelación, en virtud de lo cual, en aras de la tutela judicial efectiva y con la finalidad de que esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, cumpla con su labor jurisdiccional en la presente causa, se estima necesario oficiar al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, a los fines de que en el lapso de quince (15) días, contados a partir de la notificación del presente auto remita a esta Corte la información antes solicitada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.

Publíquese, regístrese. Cúmplase lo ordenado.




El Presidente,


JUAN CARLOS APITZ BARBERA

La Vicepresidenta,


ANA MARIA RUGGERI COVA



MAGISTRADOS



PERKINS ROCHA CONTRERAS
Ponente

EVELYN MARRERO ORTIZ



LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO



El Secretario Accidental,


RAMÓN ALBERTO JIMÉNEZ



PRC/12