REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Coro
Coro, 31 de Marzo de 2003
192º y 144º
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-S-2003-000309
ASUNTO : IP01-S-2003-000309

Auto de Audiencia de Presentación

En el día de hoy, siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.) siendo la oportunidad fijada por este Tribunal para efectuar audiencia de presentación del ciudadano DARWIN RANGEL HERNANDEZ, venezolano, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.264.359, natural y residenciado en Tucacas, casa s/n, Municipio Silva del Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de Distribución de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado venezolano. Se abre el acto y se deja constancia de la presencia del Fiscal Quinto del Ministerio Público Abg. Wilmer Luquez, de la abogado Carmaris Romero y del imputado. Seguidamente el ciudadano Juez le concede la palabra a la representación Fiscal quien expuso los fundamento de hecho y derecho en los cuales basa su solicitud de Medida de Privación Judicial de Libertad en contra del imputado de autos, por la presunta comisión del delito de Distribución de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en virtud de los dispuesto en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal.
Seguidamente la ciudadana Juez le impone al imputado del precepto constitucional establecido en el artículo 49 ordinal 5° de la Constitución Nacional quien manifestó que no deseaba declarar.
Seguidamente se le concede la palabra a la defensora Pública Carmaris Romero quien manifesto que en las actuaciones riela un acta policial donde se evidencia que presuntamente le incautaron a mi defendido una supuesta sustancia en presencia de varios testigos, ahora bien en estas actuaciones solo riela un acta de entrevista donde el testigo no observó el procedimiento efectuado; por consiguiente considera esta defensa que no existen elementos de convicción para que se decrete la medida solicitada y se decrete la Libertad Plena del mismo.

Este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal Admistrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Considerando que no existen suficientes elementos de convicción tal y como lo exige los artículo 250, 251 y 253 del Código Orgánico Procesal Penal para decretar la Medida solicitada por la representación Fiscal, que hagan presumir a esta Juzgadora que el imputado de autos sea el autor o partícipe del hecho que se le imputa, toda vez que no consta en las actuaciones el dicho de algún testigo que ratifique o avale el procedimiento efectuado, este Tribunal considera pertinente declarar sin lugar la solicitud Fiscal y en consecuenia se Decreta La LIbertad Plena del ciudadano DARWIN RANGEL HERNANDEZ, venezolano, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.264.359, natural y residenciado en Tucacas, casa s/n, Municipio Silva del Estado Falcón. Líbrese la correspondiente de Libertad. Quedan notificadas las partes de la presente decisión. Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía de Origen en la oportunidad correspondiente.
la Juez


Abog. Solangel Castillo

El Secretario,
Abg. Kervin E. Villalobos M.