REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de noviembre de dos mil tres
193º y 144º
ASUNTO : KP02-Z-2003-003939
Visto el acuerdo suscrito por ante la Fiscal Décimo Cuarta del Ministerio Público del Estado Lara, celebrados entre los ciudadanos Betty José Chavez y Neiro Jesus Morales Aldazoro, Titulares de la Cédula de Identidad N° 17.506.145 Y 17.380.410 relacionado con el Régimen de Visita en beneficio de su hijo Identidad omitida en cumplimiento del artículo 65 LOPNA de un (1) año de edad, el Tribunal la admite conforme a derecho por no ser contraria al orden público ni a las buenas costumbres. Visto el acuerdo en los siguientes terminos:
Primero: El Padre compartira con su hijo los fines de semana, lo buscará el día sábado a las 10:00 am y lo regresará a las 7:00pm y el día domingo lo buscará a la misma hora.
Segundo: Quincenalmente el niño compartirá con el padre, quien lo buscará el día sábado a las 10:00 am y lo regresará el día domingo a las 7:00 pm.
En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, admite y HOMOLOGA el convenimiento. Téngase como sentencia firme. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que soliciten las partes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio N° 2 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en Barquisimeto, a los 17 días del mes de Noviembre del 2003. Años 193° de la Independencia y 144° de la Federación.
La Juez de Juicio Temporal N° 2
El Secretario
Dra. Ana Cerro Ponticelli
Asunto:KP02-Z-2003-3939
Homol.Visitas
iliana.
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