REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA
En fecha 17/11/2003, siendo la oportunidad fijada por el Tribunal, se constituyó el Juez y Secretario en la dirección indicada en el Acta, a solicitud de la Apoderada Actora, a fin de cumplir el Embargo Ejecutivo, nos atiende el Encargado del Estacionamiento El Corralón, y se notificó de la misión del Tribunal. El Juez designa Perito y Depositario, previa juramentación, la Apod. Actora señala el bien a embargar, el Perito lo identifica y valora en 7.000.000 Bs., el Juez lo Embarga Ejecutivamente consumando la desposesión jurídica, y lo deja en posesión del Depositario designado al efecto bajo inventario, quien dispuso su traslado. El Tribunal cumplida su misión, regresa a su sede siendo las 3:00 pm., dejando constancia que la medida se efectuó en 1:40 horas, y se canceló la suma de 60.000 Bs., a Perito y Depositario, a razón de 30.000 Bs., por hora o fracción. Se levantó Acta y la firman los intervinientes.