REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO
CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION CENTRAL
Valencia, 27 de noviembre de 2003.
193° y 144°
Sentencia Definitiva N° 002
Vencido como se encuentra en fecha catorce (14) de noviembre de 2003, el lapso de cinco (5) días para la apelación conforme a lo establecido en el articulo 267 del Código Orgánico Tributario, de la sentencia interlocutoria dictada el 05 de noviembre de 2003, declarando INADMISIBLE el recurso contencioso tributario contenido en el expediente N° 0005, por falta de cualidad o interés del recurrente conforme a lo establecido en el articulo 266 numeral 2 del Código Orgánico Tributario vigente, interpuesto por el ciudadano Francisco Fernández Cristovao, y vista la diligencia en fecha 26 de noviembre de 2003 suscrita por la abogada Deyanira Morillo García, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.600.794,inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado N° 40.393, en su carácter de representante del Fisco Nacional, solicitando que se proceda a dar por terminada la presente causa y se ordene el archivo del presente expediente, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, declara definitiva la sentencia interlocutoria N° 0011 de fecha 05 de noviembre de 2003, y se ordena el archivo del respectivo expediente.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central. En Valencia, a los veintisiete (27) días del mes de noviembre de Dos mil Tres (2003). Año 193° de la Independencia y 144° de la Federación.-
El Juez,
Abg. José Alberto Yanes García
La Secretaria,
Abg. Jenny Rodríguez Lamón
Exp. 0005
JAYG/jmps
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