REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, quince de octubre de dos mil tres
193º y 144º
ASUNTO : KP02-S-2003-007969
Vista la solicitud formulada por la ciudadana JUDITH COROMOTO PEÑA JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.238.487, debidamente asistida por el Abogado JHONNY JIMENEZ, inscrito bajo el Inpre-Abogado N° 32.319, actuando en nombre y representación de su hijo XXXXXXX GONZALEZ PEÑA, venezolano, estudiante, titular de la Cédula de Identidad N° 17.727.876, solicita autorización para tramitar, gestionar, firmar y suscribir los contratos y obligaciones que le imponga la Fundación “Gran Mariscal de Ayacucho” o la Entidad Bancaria designada por la Institución, a fin de que le sea otorgado un crédito educativo a su representado antes identificado. Este Tribunal observa:
Examinados como han sido los recaudos presentados y cumplidos los requisito de Ley exigidos, este JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 177, Parágrafo Cuarto, Numeral “E” de la ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana JUDITH COROMOTO PEÑA JIMENEZ, ya identificada, para que en nombre y representación del adolescente XXXXXXX GONZALEZ PEÑA, pueda gestionar todo lo relacionado a la tramitación y obtención del Crédito Educativo, para la cual fue preseleccionada en la FUNDACION GRAN MARISCAL DE AYACUCHO o en la ENTIDAD BANCARIA DESIGNADA POR ESA INSTITUCION.
A los fines consiguientes hágase entrega de copia certificada a la parte interesada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de la Sala de Juicio N° 1, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, en Barquisimeto, a los quince días del mes de octubre de dos mil tres. Años: 193° y 144°.
La Juez de Juicio N° 1,
Dra. María del Carmen Alvarez Lucena.
La Secretaria,
MCAL/bo.
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