REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

ASUNTO : KP02-F-2003-000560

La Ciudadana MILEXA VIRGINIA NAVARRO, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad No. 9.545.856, manifestó estar separada de su cónyuge ALBERTO JOSÉ GARCÍA CÁRDENAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, con Cédula de Identidad Nº 7.468.650, desde hace más de cinco (5) años, por lo que solicita el divorcio. Acompañó acta de matrimonio. Admitida la solicitud el 05 de septiembre de 2003, se acordó la citación la cual fue lograda en forma personal. Se notificó la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público, quién consignó escrito.
Este Tribunal para decidir observa:
ÚNICO: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo que contrajeran los ciudadanos MILEXA VIRGINIA NAVARRO y ALBERTO JOSÉ GARCÍA CÁRDENAS, ya identificados, por ante el Jefe Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 06 de julio de 1984. De dicha unión matrimonial no procrearon hijos. Ofíciese al Registro Civil. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, siete de octubre del dos mil tres. Años: 193º de la Independencia y 144º de la Federación.
EL JUEZ, EL SECRETARIO,


ABG. PATRICIA CABRERA MANFREDI ABG. JOSÉ ALFONSO OCHOA C.
Publicada en su fecha a las 9:30 a.m.
PCM/JAO/Ma. Elena.