REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Caracas, de de 2003
193º y 144º
- I -
En fecha 9 de julio de 2003, el abogado RICARDO ALBERTO ROJAS UZCÁTEGUI, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 90.053, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ÁNGEL IVÁN COLMENAREZ VARGAS, titular de la cédula de identidad 17.638.189, interpuso ante esta Corte, recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con pretensión de amparo constitucional, contra el acto administrativo de expulsión del referido ciudadano de la ESCUELA DE FORMACIÓN DE GUARDIAS NACIONALES “CNEL. (G.N.) MARTÍN BASTÍDAS TORRES”, dictado por el Consejo Disciplinario de dicha Institución, en fecha 26 de marzo de 2003.
En fecha 10 de julio de 2003 se dio cuenta y se designó ponente al Magistrado JUAN CARLOS APITZ BARBERA, a los fines de que esta Corte dicte la decisión correspondiente.
En fecha 11 de julio de 2003, se pasó el expediente al Magistrado Ponente.
En fecha 22 de julio de 2003, el ciudadano Alguacil de esta Corte, consignó Oficio N° 03-4329 de fecha 10 de julio de 2003, dirigido al ciudadano Ministro de la Defensa, en el cual se le solicitó la remisión del expediente administrativo del caso, el cual fue recibido por el ciudadano David Rosales, titular de la cédula de identidad N° 11.932.761.
En fecha 03 de septiembre de 2003, el ciudadano Alguacil de esta Corte, consignó Oficio N° 03-5278 dirigido al Ministro de la Defensa, recibido en fecha 27 de agosto de 2003, mediante el cual se ratificó el oficio N° 03-4329 antes mencionado.
En fecha 04 de septiembre de 2003, el ciudadano Ricardo Alberto Rojas Uzcátegui, en su carácter de apoderado judicial del recurrente, consignó diligencia en la cual se requiere un pronunciamiento en el presente caso.
Realizado el estudio del expediente, esta Corte observa:
-II-
Vista la diligencia suscrita por el ciudadano Ricardo Alberto Rojas Uzcátegui, en su carácter de apoderado judicial del recurrente, presentada en fecha 04 de agosto de 2003, en la cual solicita a este Órgano jurisdiccional “sus buenos oficios para que la Escuela de Formación de la Guardia Nacional Cnel. (GN) Martín Bastidas Torres, (…) remita los recaudos exigidos por esta (…) Corte el día 10 de julio de 2.003 y el escrito Ratificado dicha solicitud el día 13 de Agosto de 2003, al Ministerio de la Defensa.”; así como “un pronunciamiento ajustado a derecho”, en virtud de la negativa del Organismo a remitir el expediente administrativo, esta Corte observa:
Por cuanto, efectivamente no consta inserta a los autos la información requerida por esta Corte, al ciudadano Ministro de la Defensa, mediante Oficios Nos. 03-4329 y 03-5278 de fechas 10 de julio de 2003 y 13 de agosto de 2003, respectivamente, y a los fines de garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva, en concordancia con el artículo 129 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, considera necesario solicitar al ciudadano Director de la Escuela de Formación de Guardias Nacionales Cnel. (GN) Martín Bastidas Torres, la información que a continuación se señala:
1.- Expediente académico del ciudadano Ángel Iván Colmenarez Vargas, titular de la cédula de identidad N° 17.638.189, contentivo de la descripción de su desenvolvimiento académico y disciplinario dentro de dicha Institución.
2.- Copia Certificada de la Resolución o Resoluciones mediante la(s) cual(es) fue “expulsado” el mencionado ciudadano de la referida Escuela.
3.- Copia certificada del Libro de Actas donde se asientan o registran los Consejos de Escuela, particularmente, de los llevados a cabo durante el año en curso.
En consecuencia, se ORDENA oficiar al ciudadano Director de la ESCUELA DE FORMACIÓN DE GUARDIAS NACIONALES “CNEL. (GN) MARTÍN BATIDAS TORRES”, a los fines de que remita a esta Corte en un lapso de cinco (5) días continuos siguientes al recibo del Oficio que se ordena librar, la información antes mencionada.
Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.
EL PRESIDENTE,
JUAN CARLOS APITZ BARBERA
PONENTE
LA VICE-PRESIDENTA,
ANA MARÍA RUGGERI COVA
LOS MAGISTRADOS
PERKINS ROCHA CONTRERAS
LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
EVELYN MARRERO ORTIZ
LA SECRETARIA,
NAYIBE ROSALES MARTÍNEZ
Exp. Nº 03-002659
JCAB/d.