JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERON ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. Cumaná, 20 de Abril de 2.004.-

193° y 144°


Con vista a la diligencia que antecede, interpuesta por la ciudadana MARITZA BARRIOS, portadora de la Cédula de Identidad N° 5.700.190, abogada en ejercicio inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 96.886, en fecha dieciocho de Marzo del presente año, actuando en su carácter acreditado en autos, quien de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de su poderdante otorgadas facultades expresas convino que la estimación hecha por la actora en su demanda, correspondiente en los numerales primero, segundo y tercero del decreto de intimación; pide al Tribunal haga entrega de la cantidad de dinero contenida en cheque de gerencia que corre en autos, y habiéndosele dado cuenta al Juez de su contenido, se acuerda en conformidad; y constando en autos que, en fecha veintitrés (23) de Marzo de Dos mil Cuatro (2004), le fue entregado a la ciudadana YSABEL TERESA RONDON GUEVARA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.275.259., parte actora cheque N° 01103050, girado contra el Banco Industrial de Venezuela, por la cantidad de TRES MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.3.875.000,00), tal y como se evidencia en los folios del 26 al 29 del Cuaderno de Medidas. Por cuanto lo solicitado no es contrario a derecho, éste Tribunal de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena el archivo del expediente.-

LA JUEZ PROV.


NANCY BLANCO MATAMOROS

LA SECRETARIA,


MARIA RODRÍGUEZ.



EXP. N° 03-4400
NBM/MR/ef.-