REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL No. 9
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
EN SU NOMBRE


Barquisimeto, 28 de Abril de 2003
Años: 193° y 144°



ASUNTO: KP01-C-2003-000001


Visto como ha sido el presente asunto, ME AVOCO al conocimiento del mismo y por cuanto se observa que se trata de una comisión conferida por el Juez Tercero de Control del Estado Táchira, según oficio No. 3C-1011/2002 de fecha 27-11-02 relacionada con el Ciudadano JORGE LUIS MORA, titular de la cedula de identidad No. 11.103.855, con a quien ese Tribunal impuso el complimiento de medida cautelar de presentación cada treinta (30) días por ante la URDD de esta jurisdicción, la cual debe ser supervisada por este Tribunal de Control, y por cuanto se evidencia de la revisión del juris-2000 como fecha de ultima presentación del imputado el día 22-04-04 es por lo que se ACUERDA: oficiar al Tribunal comitente, a los fines de informarle lo correspondiente y solicitarle información, sobre el estado en que se encuentra el asunto principal, y si está o no, vigente las condiciones impuestas de presentación, a los fines de establecer si está vigente la comisión conferida. Ofíciese lo conducente. Notifíquese al imputado el contenido del presente auto. Regístrese, publíquese y cúmplase.

La Jueza de Control No. 9

Dra. Pilar Fernández de Gutiérrez


El Secretario