REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve de abril de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : KP02-Z-2004-000911
Vistas el presente acuerdo emanado de la Fiscalia Décima Quinta del Ministerio Público Abg. María de los Ángeles Martínez, relacionadas con el acto conciliatorio suscrito en fecha 20-02-2004, por los ciudadanos MARLENE TERESA AMARAL y HERRERA MELENDEZ RUBEN ANTONIO, titulares de la Cédula de Identidad Nos. 9.622.531 y 7.463.183, respectivamente, en beneficio de sus hijos identificación omitida dando cumplimiento al artículo 65 de la LOPNA, de 15, 13 y 11 años de edad; este Tribunal le da entrada en los libros respectivos de este despacho y lo admite en cuanto ha lugar a derecho por no ser contrario al orden público y a ninguna disposición expresa de Ley, estableciendo dicho convenio la obligación alimenataria de la siguiente manera:

UNICO: El padre se compromete a suministrar por concepto de obligación alimentaria en beneficio de sus prenombradas hijas, la cantidad de TRESCIENTOS MIL (Bs 300.000,oo) MENSUALES, a partir del mes de Marzo del 2004, debiendo la madre firmarle un recibo de pago. De igual manera se compromete a cubrir en su totalidad los gastos concernientes a medicinas, educación y epoca navideña, al momento de ser requerido por sus hijas .

En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en artículos 315 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, HOMOLOGA el acuerdo entre los ciudadanos MARLENE TERESA AMARAL y HERRERA MELENDEZ RUBEN ANTONIO, y ordena que se tenga como una Sentencia Firme, haciendo saber a las partes que dicho acuerdo puede ser modificado posteriormente según las necesidades de los beneficiarios.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los veintinueve (29) días del mes de Abril de dos mil cuatro (2004) . Años: 194° y 145°.
La Juez de Juicio Nro. 2


Abog. Erlinda Oropeza Torres
El Secretario,


Abog. Carlos Porteles
EOT/yudith
Alimentos.-