REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CENTRO OCCIDENTAL
Barquisimeto, 13 de Abril del 2004
Años: 193º y 145º
Por recibido el presente expediente, désele entrada. Por cuanto se observa que la presente causa trata sobre un Recurso de Amparo en el cual se propuso Recusación contra la Juez Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, pero a saber según lo previsto en el último aparte del artículo 11 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales: “En ningún caso será admisible la recusación”, de lo que se deduce que en las acciones de amparo no se puede Admitir la Recusación y haberlo hecho en contra de la norma legal expresa, puede tener carácter temerario. Remítase el presente expediente al Juzgado Superior 3° en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, a los fines legales consiguientes.
El Juez,

Dr. Horacio González Hernández.

La Secretaria temp,

Abg. Sarah Franco Castellanos.
Seguidamente se remite el expediente constante de una pieza, en 38 folios útiles, con oficio N° 576-04-8743. Se salvan las enmendaduras de los folios corregidos.
La Secretaria temp,
HGH/yud.-