REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de abril de dos mil cuatro
193º y 145º

ASUNTO : KP02-V-2003-000629

Visto el anterior DESISTIMIENTO, presentado por la parte actora abogado RAFAEL CELESTINO HURTADO, asistido por el abogado RUBEN DARIO HURTADO G., en el presente juicio de QUERELLA INTERDICTAL, contra ROSA EMILIA VASQUEZ NAVAS, el Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Devuélvase los originales insertos a los folios 43.44,45,46 y 47 dejándose copia certificada en su lugar, una vez que el interesado consigne los fotostatos. Archívese el expediente.

El Juez, (fdo)
Abog. Patricia Cabrera Manfredi

La Secretaria Acc.,
(fdo)
Abg. Lorely Pineda M.

PCM/LPM/Meg.