REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinte de abril de dos mil cuatro
193º y 145º
ASUNTO : KP02-V-2003-000629
Visto el anterior DESISTIMIENTO, presentado por la parte actora abogado RAFAEL CELESTINO HURTADO, asistido por el abogado RUBEN DARIO HURTADO G., en el presente juicio de QUERELLA INTERDICTAL, contra ROSA EMILIA VASQUEZ NAVAS, el Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Devuélvase los originales insertos a los folios 43.44,45,46 y 47 dejándose copia certificada en su lugar, una vez que el interesado consigne los fotostatos. Archívese el expediente.
El Juez, (fdo)
Abog. Patricia Cabrera Manfredi
La Secretaria Acc.,
(fdo)
Abg. Lorely Pineda M.
PCM/LPM/Meg.
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