REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciséis de abril de dos mil cuatro
193º y 145º
ASUNTO : KP02-S-2004-001619
Rect.Part.
C.F.
El ciudadano DAVID ANTONIO MUJICA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. 7.468.820, asistido por la abogado ANNA BIALKO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 77.565, solicitó la rectificación de su partida de nacimiento, la cual se encuentra asentada ante la Jefatura Civil de la Parroquia Bolívar, Municipio Morán, Estado Lara, bajo el No. 510, folio 280 vto al 281 fte, Año 1962, en el sentido de que erróneamente fue asentado el nombre de la madre como MARINA MUJICA, siendo lo correcto CARMEN MARINA MUJICA. Acompañó copia certificada de su partida de nacimiento, Constancia emanda del Hospital Tipo I Dr. Egidio Montesinos de El Tocuyo, Estado Lara y copia certificada del acta de nacimiento de la madre. Admitida la solicitud en fecha 23/03/2004, se acordó notificar a la Fiscal del Ministerio Público del Estado Lara. Se notificó a la Fiscal del Ministerio Público Dra. MARIELA VILORIA (f. 10). Cumplidos como han sido los requisitos de Ley, este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Del acta de nacimiento del solicitante y de la constancia emanada del Hospital Dr. Egidio Montesinos de El Tocuyo, cursante a los folios 3 y 5 del expediente, se evidencia el error señalado por el solicitante por lo que se estima procedente la presente Rectificación de Partida y así se declara.
Por los razones anteriormente expuesta, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Partida, efectuada por DAVID ANTONIO MUJICA, y en consecuencia ordena al Jefe Civil de la Parroquia Bolívar, Municipio Morán del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, se sirvan estampar nota marginal en la partida de nacimiento No. 510, folio 280 vto al 281 fte, Año 1962, en el sentido que el nombre de la madre es CARMEN MARINA MUJICA. Expídase copia certificada de sentencia y remítase con oficio a los organismos respectivos.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los dieciséis del mes de abril de dos mil cuatro. AÑOS: 193 y 145. *men*
La Juez
Tamar Granados Izarra
La Secretaria Acc.
María Fernanda Alviárez Rojas
Seguidamente se publicó y se dejó copia.
La Sec.
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