REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

Siendo la 1:00 p.m., se trasladó este Juzgado en el Banco Mercantil Agencia Barquisimeto, ubicado en la avenida 20 con calle 35, Barquisimeto Estado Lara, acompañados de las abogadas GABRIELA HERNÁNDEZ y ALIGUIS COLINA, Inpre Nros. 87.288 y 88.099, endodatarias en procuración. Fuimos atendidos por el ciudadano ALEJANDRO JOSÉ RONDÓN, C.I.: 12.493.422, Coordinador de Servicios, quien fue impuesto de la misión del Tribunal. Las actoras señalaron para su embargo el dinero depositado en la cuenta N° 01050102418102025263 propiedad del demandado hasta cubrir el monto del decreto. El notificado verificó la cuenta constatando que la misma pertenece al demandado y presenta saldo suficiente. EL Tribunal decretó embargo preventivo por la cantidad de Bs. 10.406.319,28, lo desposesionó jurídicamente del patrimonio del demandado y ordenó el bloqueo de dicha cantidad. El notificado bloqueó la suma embargada. A la 1:40 p.m. terminó el acto.