REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
Los Rastrojos, 20 de Abril del 2.004.
Años: 194° y 145°.-
Vista la diligencia suscrita por la abogada ISAVA JIMENEZ FERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 92.124, en su carácter de Apoderada Actora, acreditado suficientemente en autos, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, se ordena hacer entrega a la mencionada Apoderada, de la Libreta de Ahorro, signada bajo el N° 436382, abierta en el Banco Casa Propia Entidad de Ahorro y Préstamo, e igualmente se le autoriza, para retirar de dicha entidad bancaria la suma de dinero consignada montante a la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS SIETE MIL BOLIVARES (Bs. 1.507.000,oo), depositada en la Cuenta de Ahorro N° 0410-0011-28-011-422589-4. Asimismo, y por cuanto se observa que la petición contenida en la señalada diligencia, equivale a una auto composición procesal, que pone fin al juicio, conforme a lo expresado, refiriéndose a derechos disponibles y a materias en las cuales no están prohibidas las transacciones, el Tribunal le imparte su aprobación en los mismos términos expuestos por la Apoderada Actora ISAVA JIMENEZ FERNANDEZ. Se dá por terminado el presente juicio, se suspende la medida de embargo ejecutivo decretada y practicada en el presente juicio, sobre el inmueble propiedad de los demandados, ciudadanos JOSE PASTOR TORRES SILVA y JENNY GRACIELA GONZALEZ SALCEDO, suficientemente identificados en autos, ordenándose participar lo conducente al Ciudadano Registrador de la Propiedad Inmobiliaria del Municipio Palavecino del Estado Lara. Se ordena el archivo del expediente, todo de conformidad con lo previsto y sancionado por el artículo 264 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese Oficio.
El Juez Provisorio,
Antonio José Illarramendi M.
La Secretaria,
Juana Goyo
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, y se libró Oficio N° 296-_____.
La Secretaria
Juana Goyo