En el día de hoy 30 de Abril de 2.004, en horas de despacho, compareció el ciudadano, DARÍO CARRASCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nª V-5.323.117; asistido en este acto por el Abogado EFREN L. CARIPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nª 9.631.878, Abogado en ejercicio, inscrito por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nª 52.316, ocurro a fin de exponer: confiero poder APUD ACTA, al ciudadano EFREN L. CARIPA, HECTOR CHIRINOS Y HENGERBERT SIERRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.631.878, V- 5.935.038 y V- 13.674.969, Abogados en ejercicio e inscrito por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 53.216, 52.696 y 92.277 domiciliado en la ciudad de Carora, Municipio Torres del estado Lara; a tal fin quedan ampliamente facultados mis Apoderados nombrados, para intentar y contestar demandas, darse por citados o notificados en mi nombre, oponer excepciones y reconvenciones y contestar las que les fueran opuestas; promover y evacuar toda clase de pruebas, solicitar y hacer ejecutar medidas de embargo; absolver posiciones juradas, formulándolas también en mi nombre y hacer todo lo que yo mismo haría en defensa de mis intereses y acciones, ya que las facultades aquí conferidas son a titular enunciativo y no limitativo.


EL SECRETARIO EL PODERDANTE



EL ABOGADO ASISTENTE