CAUSA RP01-D-2004-000008

En el día de hoy, Dieciocho (18) de agosto del año dos mil cuatro (2004), siendo las 3:00 PM., se constituye el Tribunal de Ejecución Sección Penal de Adolescente, presidido por la Abg. AYSKEL MARTINEZ, acompañado del Abg. SIMÓN MALAVÉ, en funciones de Secretario de sala, en la Sala N° 1 de este Circuito Judicial Penal, a fin de realizar el acto de IMPOSICIÓN DE EJECUCION DE SENTENCIA a el sancionado adolescente ciudadano XXXXXXX, Verificada la presencia de las partes se deja constancia que se encuentran presentes la Defensora Pública, Abg. BEATRIZ PLANEZ y el sancionado previa notificación, acompañado de su representante ciudadana XXXXXXX, Acto seguido el juez expone el motivo de la audiencia y pasa a imponer al imputado de la auto de Ejecución en fecha: 30/04/04 en la cual queda sancionado el mismo a cumplir la MEDIDA DE REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de UN (1) año, consistente la misma en acudir al Servicio de Psiquiatría adscrito a la unidad de Adolescentes.-
Seguido el juez le pregunta al sancionado si entiende el alcance, naturaleza e importancia del mismo y si por ese particular se comprometían a cumplir fiel y cabalmente, quien manifestando. Seguido se le concede la palabra al sancionado y expone: entiendo el contenido de la medida que en este acto se me impone y me obligo a cumplir fielmente con la misma. Es todo. Seguidamente la Defensora solicita la palabra y expone: Solicito la practica de informe social a mi defendido. Es todo. Oída la solicitud de la defensa, este Tribunal considera que es prudente que al referido se le practique el informe solicitado por lo cual se acuerda, en consecuencia se acuerda librar oficio a la Dirección de la Unidad de trabajo social adscrita a esta unidad de adolescentes. Así mismo este tribunal le explica al adolescente las consecuencias de la falta de cumplimiento de la sanción impuesta, la cual será la privación de la libertad por un plazo de seis (6) meses, así mismo se le informa al adolescente que su sanción comenzara a computarse a partir del momento que conste en autos su asistencia al psiquiatra y se le conceden 15 días hábiles para que consigne la constancia donde se conste que esta asistiendo a la terapias; a tal efecto el sancionado adolescente manifiesta entender lo explicado por la juez y se comprometían a cumplir con la obligación impuesta por el tribunal.- Quedan los presentes notificados, se acuerda librar notificación la representante fiscal. Es todo, terminó, se leyó y conforme firman. Siendo las 3:20 PM.
LA JUEZ DE EJECUCION

ABG. AYSKEL MARTINEZ

SANCIONADO

GREGORI JOSE FLORES GUERRA

LA DEFENSA

ABG. BEATRIZ PLANEZ
SECRETARIO

ABG. SIMON MALAVE