REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 19 de Agosto de 2004
194º y 145º


ASUNTO PRINCIPAL: RL11-P-1999-000129
ASUNTO: RL11-P-1999-000129


Revisada como ha sido el Presente Asunto, Seguido al penado, Miguel Angel Ramos, a quien se le sigue asunto signado con el N°-RL11-1999-000129. y visto tambien su contenido, y donde en la Misma, se evidencia Pronunciamiento de Redencion Judicial de la pena por el Trabajo y Estudio, realizado en fecha 04-03-2004.solicitada por el penado, Miguel Angel Ramos Figuera, Titular de la Cedula de Identidad N°-15.893.158, este tribunal a los fines de proveer, observa: que la fecha de la constancia de Trabajo consignada en la Primera Pieza del presente Asunto Expedida por el equipo, del Internado Judicial de Carupano, señala claramente que el referido penado estuvo recluido en el Internado Judicial, hasta el dia 08-05-2003, y no, en fecha 06-07-2003, como se evidencia en dicha Constancia de Trabajo; es por lo que este Tribunal Primero de Ejecucion del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extension Carupano, Considera Procedente y Ajustado a Derecho Negar, la Redencion Judicial de la pena por el trabajo y el Estudio al Penado, Miguel Angel Ramos Figuera, ya ante Identificado y Asi se Decide Notifiquese
El Juez Primero de Ejecucion
La Secretaria

Abog. Jesús Armando Rivera
Abog. Jennys Mata H