REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
194° y 145°

Por solicitud presentada ante este Tribunal en fecha veintiuno (21) de julio de 2.004, la ciudadana Felinda Yuzmila Pérez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.346.810, asistida por el Defensor Público del Sistema de Protección del Niño y Adolescente, abogado Pedro Luis Rojas, solicitó en nombre de sus hijos los niños Angel Luis, Erick Ernesto y Luisana Katherina, la rectificación de la partida de nacimiento, alegando que el funcionario encargado de asentar las partidas de nacimiento de sus hijos cometió el error de colocar su segundo nombre como: Yusmila , siendo lo correcto Yuzmila. En dicho acto se consignó las copias certificadas de las partidas de nacimiento de sus hijos, expedidas por la Jefatura Civil de la Parroquia Juan De Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara y Jefatura Civil de la Parroquia Camacaro, Municipio Torres del Estado Lara y copia fotostática de la cédula de identidad.

En fecha veintisiete (27) de julio de 2.004, el Tribunal admite la solicitud y acordó resolver sumariamente de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, ordenó notificar al ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público.

En fecha cuatro (04) de agosto de 2.004, el ciudadano Jesús Enrique Pérez, en su carácter del Alguacil Titular de este Tribunal, consignó boleta de notificación librada al ciudadano Fiscal VIII del Ministerio Público debidamente firmada.

Estando en la oportunidad de decidir, esta Sala de Juicio observa:

Del análisis de las copias certificadas de las partidas de nacimiento de los niños Angel Luis, Erick Ernesto y Luisana Katherina, que corren insertas a los folios tres (3), cuatro (4) y cinco (5) de este expediente y la copia certificada de la partida de nacimiento consignada por la ciudadana Felinda Yuzmila Pérez, se evidencia que efectivamente se incurrió en el error señalado por la solicitante.
DECISIÓN

Por las razones expuestas y por cuanto el Fiscal VIII del Ministerio Público no objeto nada contra esta solicitud, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Con lugar la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento, presentada por la ciudadana Felinda Yuzmila Pérez, en representación de sus hijos los niños Angel Luis, Erick Ernesto y Luisana Katherina. En consecuencia, se ordena colocar correctamente en las partidas de nacimiento de los niños Angel Luis, Erick Ernesto y Luisana Katherina, el segundo nombre de su madre como: Yuzmila con “z”, dejándose sin efecto el segundo nombre Yusmila. Dichas partidas de nacimiento se encuentran insertas en los libros de registro civil de nacimiento de la Jefatura Civil de la Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara y de la Jefatura Civil de la Parroquia Camacaro, Municipio Torres del Estado Lara, bajos los Nros 4603, folio 168 vto, de fecha 04 de octubre de 2.001, 250, folio 064 fte, de fecha 20 de enero de 1.999 y 26, folio 27, de fecha 19 de febrero de 1.993. Se ordena oficiar a la Jefatura Civil de la Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara, a la Jefatura Civil de la Parroquia Camacaro, Municipio Torres del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, con el fin de que cumplan con el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil.

Expídanse copias certificadas de esta decisión a la parte interesada y las otras para acompañar los oficios respectivos que se remitirán a las autoridades competentes y para el archivo.

Regístrese y publíquese.

Dada, sellada y firmada en la Sala de Juicio del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 09 de agosto de 2.004.-

SALA DE JUICIO JUEZ UNIPERSONAL N° 02

Abg. ALBERTO HERRERA CORONEL

LA SECRETARIA ACCIDENTAL

Abg. ROSA MARGARITA SEGUERI QUERALES

En esta misma fecha se registró bajo el N° 466-2.004, y se publicó siendo las 11:00 a.m.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL

Abg. ROSA MARGARITA SEGUERI QUERALES



Exp.Nº. 2SJ-2895-04