GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 04 de agosto de 2.004
194° y 145°
Visto el convenimiento hecho por el demandado, ciudadano EDGAR ANTONIO RUIZ GONZÁLEZ, en la presente causa, aceptado por el demandante ESTADO CARABOBO, Entidad Federal integrante de la República Bolivariana de Venezuela y no siendo contrario a la ley, al orden público o a las buenas costumbres, este Tribunal considerando que las mismas son plenamente capaces para ello, que los derechos respecto a los cuales se convienen son disponibles y que no han sido violadas normas de orden público, le imparte su HOMOLOGACIÓN a dicho convenimiento, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, todo ello de conformidad con lo señalado con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
EXPEDIENTE No. 48.474.-
El Juez Provisorio,
Abog. RAFAEL RICARDO GIMENEZ. La Secretaria,
Abog. CORALIA LISAUZABA TORRES.
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