REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
Valencia, 18 de Agosto de 2004
Años 194º y 145º

ASUNTO : GP01-S-2004-000594


Visto escrito presentado por el abogado HINMEL GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 67389, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana NARVAEZ CONTRERAS ARELYS NOHEMI, venezolana, titular de la cédula de identidad N° 9.094.347, quien señaló en el escrito que se consideraba víctima en vista que era hermana de MIGUEL ARMANDO NARVAEZ (OCCISO), en su condición de victima en la presente causa, a los fines de interponer formal Querella en contra del ciudadano VIELMA BRICEÑO RAMON JOSE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-13.629.463, civilmente hábil, de estado civil soltero, residenciado en la Urbanización Parque Valencia, Edificio Los Jabillos, Apartamento 4-B, Valencia, Estado Carabobo, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CULPOSO Y LESIONES PERSONALES, previstos y sancionados en los Artículos 411 y 416 del Código Penal. La querellante dejó constancia que con el ciudadano Vielma Briceño Ramón José, no les unía lazo de consaguinidad y afinidad alguna.
Por cuanto la presente querella reúne los requisitos exigidos en los artículos 292, 293 y 294 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en lo Penal en función de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Admite la presente Querella, de conformidad con lo previsto en el articulo 296 ejusdem, confiriéndole a la ciudadana Arelys Noemí Narváez Contreras, representada por su apoderado judicial abogado Hinmel González, la cualidad de parte querellante, tal y como lo exige el primer aparte del señalado artículo; y ordena remitirla a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, en vista que la misma conoce de la investigación que se le sigue según Flagrancia N° 13511 y nomenclatura de eses Despacho N° 1420, relacionada con la presentes actuaciones. A tal efecto, líbrese el correspondiente oficio de remisión de actuaciones y notifíquese a las partes.


Juez Séptima de Control
Diana Calabrese Canache



La Secretaria,
Mariela Jiménez



En esta misma fecha se cumplió lo ordenado.


La Secretaria,