ACTA
N° DE EXPEDIENTE:GP02-L-2004-000279
PARTE ACTORA:MARIA DEL VALLE MICETT
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: OSWALDO GALÍNDEZ
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE REAÑO C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ROSELIA REAÑO Y ANTONIETA REYES.
MOTIVO:COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
DE LA AUDIENCIA
Siendo el día y la hora fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar, comparece la ciudadana María Del Valle Micett asisitda por los abogados Oswaldo Galíndez, Eglee Vásquez y Lilibeth Jaimes igualmente presente las abogadas Roselia Reaño y Antonieta Reyes en representación de la parte demandada y ocurre lo siguiente:
DE LA MEDIACIÓN
Este Tribunal exhorto a “LA DEMANDANTE” y a “LA DEMANDADA” a explorar fórmulas de arreglo mutuamente satisfactorias; como consecuencia de lo expresado, las partes procedieron a analizar cada uno de sus alegatos, llegándose al siguiente acuerdo:
DEL ACUERDO
A los efectos de convenir en una fórmula transaccional para dar por terminadas en todas y cada una de sus partes la reclamación suficientemente identificada en este documento, sin que ello signifique en modo alguno que “LA DEMANDADA” acepte los alegatos y reclamaciones de "LA DEMANDANTE", ni que “LA DEMANDANTE” acepte los argumentos de “LA DEMANDADA”, y asimismo, en el interés común de las partes de evitar todo litigio, juicio o controversia, sobre derechos que se causaron o pudieron causar con motivo u ocasión de las relaciones que existieron o pudieron existir entre las partes y su terminación; y haciéndose reciprocas concesiones, las partes convienen en fijar, con carácter transaccional, como monto definitivo de todos y cada uno de los conceptos que le corresponden y/o puedan corresponder a “LA DEMANDANTE” contra “LA DEMANDADA” la suma de SEIS MILLONES DE BOLÍVARES (Bs.6.000.000,00) que abarca cualquier concepto que le pudiese corresponder a “LA DEMANDANTE” por lo reclamado en este expediente, incluyendo Prestación de Antigüedad; Indemnización por Despido, Vacaciones, Utilidades, Salarios dejados de Percibir, igualmente se incluye en este pago los honorarios profesionales de los abogados representantes de la parte demandante que alcanza a la suma de Dos Millones de Bolívares (Bs. 2.000.000,00) Dicho pago lo realizará “LA DEMANDADA” en ocho (8) cuotas mensuales y consecutivas y el monto de cada una será de Setecientos Cincuenta Mil Bolívares (Bs. 750.000,00), los cuales serán divididos de la forma siguiente: de las primeras cuatro cuotas le serán entregado al abogado Oswaldo Galíndez la suma de Quinientos Mil Bolívares (Bs. 500.000,00) y a la demandante la cantidad de Doscientos Mil Bolívares (Bs. 250.000,00) . La cuota número 5 deberá ser divididas de la forma siguiente: Quinientos Mil Bolívares en cheque de Gerencia a Nombre del Tribunal de Menores para que le sea aperturada cuenta de ahorro cuyo beneficiario será el menor Luis Eduardo Moncada Micett y Doscientos Cincuenta Mil Bolívares (Bs. 250.000,00) a nombre de la demandante. Las cuotas 6, 7 y 8 deberán fraccionarse de la forma siguiente Quinientos Mil Bolívares ( Bs. 500.000,00) a Nombre del Tribunal de Menores para ser depositados en la cuenta previamente aperturada y Doscientos Cincuenta Mil Bolívares (Bs. 250.000,00) a nombre de la demandante. Dichos pagos se efectuaran en la sede de este Tribunal los días 15 de cada mes a partir de mes de septiembre o el día hábil siguiente hasta cubrirse el total de las cuotas indicadas, a las 10:00 am., por lo que, una vez materializado los pagos anteriores, nada le adeudará ni nada tendrá que reclamarle a ”LA DEMANDADA” por ninguno de los conceptos indicados en el libelo de la demanda, ni por ningún otro concepto.
DE LA HOMOLOGACION
Visto el acuerdo transaccional firmado entre las partes, el cual no vulnera derechos irrenunciables de os trabajadores, este Tribunal la homologa y tendrá efecto de cosa juzgada.
De esta Acta se hacen dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto. Dejése copia en el archivo. Entréguese las pruebas Terminó, se leyó y conformes firman.
Por “LA DEMANDADA” “LA DEMANDANTE”
EL JUEZ EL SECRETARIO
|