Firme como ha quedado la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en fecha 19 de noviembre del 2004, en la causa seguida al Adolescente: mediante la cual quedó sancionado a cumplir las medidas de SERVICIOS A LA COMUNIDAD, por un lapso de SEIS (06) MESES, ésta medida consistirá en que el sancionado deberá realizar tareas de interés general de manera gratuita durante una jornada máxima de ocho horas semanales, preferentemente los días sábados y domingos, sin perjudicar la asistencia al trabajo o a la escuela. Esta sanción le fue impuesta al adolescente referido por la comisión del delito de: ARREBATÓN, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal vigente, en perjuicio de: ROSS MARIE PADUA ADUBY. Este Juzgado de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede a ejecutar la mencionada decisión de conformidad con las atribuciones conferidas en los artículos 646, en concordancia con el 643 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y el artículo 479 el Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la citada Ley, en los siguientes términos: PRIMERO: Que el Adolescente de autos fue sancionado a cumplir las medidas de SERVICIOS A LA COMUNIDAD, por un lapso de SEIS (06) MESES, los cuales consistirán en realizar tareas de interés general de manera gratuita durante una jornada máxima de ocho horas semanales. SEGUNDO: Que el sancionado de autos estuvo detenido desde el 30-06-2003 hasta el 02-07-2003, por lo que estuvo detenido UN (01) (01) DÍA, faltándole por cumplir de la sanción impuesta CINCO (05) MESES y VEINTINUEVE (29) DÍAS. TERCERO: Que será impuesto de la sanción y la misma comenzará a computarse a partir de la consignación de la constancia que compruebe que el mismo ha iniciado el cumplimiento de la decisión dictada. CUARTO: Se acuerda fijar el día___________, a las ______________________, a fin que el sancionado le sea explicado el alcance y contenido de la sanción y conminado a acreditar el cumplimiento de la misma. Líbrense las Boletas de Notificación a las partes, y Boleta de Citación al Sancionado. Así se decide. Cúmplase.
La Juez de Ejecución,

Dra. Ayskel Martínez de Muñoz.

El Secretario,

Abg. Richar Marin

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

El Secretario,

Abg. Richar Marin