REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE SEGUNDA

CARACAS, OCHO (08) DE DICIEMBRE DE 2004
Años 194° y 145°

Vista la exposición contenida en la diligencia de fecha 2 de diciembre de 2004, presentada por el Juez JESUS DAVID ROJAS HERNÁNDEZ, mediante la cual se inhibe de conocer la presente causa, de conformidad con el artículo 82, numeral 1, del Código de Procedimiento Civil, se observa que al referido funcionario lo une un vínculo en tercer grado de consaguinidad con el ciudadano Gerardo Antonio Rojas Benavides, en su condición de Alcalde del Municipio Zamora del Estado Miranda en la causa signada con la nomenclatura AP42-N-2003-001162, de esta Corte.
Tal circunstancia, es conocimiento de esta Corte por notoriedad judicial, en virtud de que consta en los folios cinco (5) al siete (7) del expediente signado con la nomenclatura AP42-X-2004-000018 de esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, -articulación ésta sustanciada en razón de una incidencia similar presentada en el expediente N° AP42-2004-000240, de esta misma Corte-, que el referido funcionario se encontraba incurso en la causal de inhibición dispuesta en el numeral 1 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, la cual invoca en el presente caso, por iguales motivos.
En consecuencia, siendo la presente circunstancia similar a la analizada en la incidencia AP42-X-2004-000018, debe esta Corte declarar procedente la inhibición presentada por el ciudadano JESUS DAVID ROJAS HERNÁNDEZ, en su condición de Juez de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, en la querella funcionarial interpuesta por el abogado Casto Martin Muñoz Milano, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 3.072, actuando en su condición de apoderado judicial de la ciudadana JENNY MARÍA NAVARRO RINCÓN, titular de la cédula de identidad N° 4.154.380, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO ZAMORA DEL ESTADO MIRANDA.
En consecuencia, convóquese al Dr. Rodolfo Antonio Luzardo Baptista, en su carácter de Primer Juez Suplente de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 2 de la Resolución emanada de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 15 de julio de 2004 y, el artículo 11 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrese Oficio.

La Presidenta,


MARÍA ENMA LEÓN MONTESINOS



La Secretaria,



JENNIS CASTILLO HERNÁNDEZ


Exp. N° AB42-X-2004-000019
MELM
Decisión n° 2004-0278