REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, quince de diciembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : KP02-S-2004-005260
La ciudadana HORTENSIA GARCIA SOTO, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, solicitó la rectificación de su PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido que asentaron su nombre como ORTENCIA, siendo lo correcto "HORTENSIA". La solicitud se admitió a sustanciación acordándose notificar al Fiscal de Familia del Estado Lara y publicar un edictó por la prensa.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados, el edicto publicado y la boleta anexa, ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure el nombre correcto de la solicitante como "HORTENSIA".- En consecuencia ordena a la Prefectura del Municipio Andres Eloy Blanco del Estado Lara y al Registro Principal, inserte la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento N° 481, año 1950. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto a los quince dias del mes de Diciembre de dos mil cuatro. Años 194º y 145º.
LA JUEZ, LA SECRETARIA ACC,
ABG. PATRICIA CABRERA M. ABG. FRANCELYS TORREALBA
Seguidamente se oficio bajo los Nros. 0900-324 y 325.-
PCM/FT/ij.
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