REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de diciembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : KP02-S-2004-004803
La ciudadana MARY HELEN BARRIOS PALLOTA, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, C.I. Nro. 14.825.482, solicitó la rectificación de su PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido que en el Registro Principal del Estado Lara, asentaron su fecha de nacimiento como 25 de Abril de 1979, siendo lo correcto 21 de Abril de 1979. La solicitud se admitió a sustanciación acordándose resolver sumariamente previa notificación al Fiscal de Familia del Estado Lara.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados, y la boleta anexa ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure la fecha de nacimiento de la solicitante como 21 de Abril de 1979.- En consecuencia ordena al Registro Principal del Estado Lara, inserte la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento N° 2824, folio 239 fte., año 1979. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto, a los veintidos dias del mes de Diciembre de dos mil cuatro. Años 194º y 145º.
LA JUEZ, LA SECRETARIA ACC,
ABG. PATRICIA CABRERA M. ABG. MARIA M. MEDINA.
Seguidamente se oficio bajo el Nro. 0900-3752.-
PCM/MMM/ij.
|