REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transitode la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, nueve de diciembre de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : KP02-V-2002-000688
Visto el Desistimiento del Procedimiento, suscrito por el Abogado MIGUEL ADOLFO ANZOLA CRESPO, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 31.267, en su carácter apoderado judicial de la parte actora CASA PROPIA E.A.P. C.A. juicio por Ejecución de Hipoteca intentado contra el ciudadano CARLOS RAMON CONTREAS YOVERA, éste Tribunal homologa el mismo, en consecuencia, téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada entre las partes, se declara extinguida la instancia, de todo de conformidad con lo establecido en el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente. Archívese el presente expediente.
El Juez
Dr. Julio César Flores Morillo
El Secretario Acc.
Greddy Eduardo Rosas Castillo
JCFM/mm
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