REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Cabudare, 07 de Diciembre de 2003.
Años: 193° y 144°

Expediente N° 2.017-03.

Vista la diligencia que antecede, suscrita por el endosatario en procuración de la parte actora, así como la actuación celebrada entre éste y la ciudadana DELMIRA DIAZ, titular de la cédula de identidad N° 6.104.598, asistida de Abogado, conforme se evidencia del Acta levantada en fecha 30-11-2004 por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, inserta a los folios 24 al 26 del cuaderno separado de medida aperturado en este juicio, y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre bienes disponibles, este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su homologación. En consecuencia, se ordena la suspensión de la medida preventiva decretada en fecha 15-05-2003 en esta causa. Expídase copia certificada por Secretaría del presente auto para la carpeta respectiva. Archívese el presente expediente y remítase oportunamente al Archivo Judicial Regional. Cúmplase.
La Juez,


Dra. Coromoto de Del Nogal.
El Secretario Temporal.,


Lucio Torres Armeya.
Seguidamente, se cumplió lo ordenado.
El Secretario Temporal


Lucio Torres Armeya