REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 17 de Diciembre de dos mil cuatro (2004)
Años 194º y 145º
N° DE EXPEDIENTE: KP02-S-2004-009968
PARTE ACTORA: ANGEL ENRIQUE CASTILLO VALERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.433.836.
PARTE DEMANDADA: BANUS C.A.
ABOGADA APODERADA: KATIUSKA VARGAS SANDOVAL IPSA Nro. 35.490.
MOTIVO: SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO
En el día de hoy, 17 de diciembre de dos mil cuatro (2004) siendo las diez y media de la mañana (10:30 a.m.), día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece la abogada KATIUSKA VARGAS SANDOVAL IPSA Nro. 35.490, en su carácter de abogada apoderada de la empresa BANUS C.A., parte demandada en el presente procedimiento, quien presenta documento poder en original y copia simple para ser certificada la misma y agregada en autos. Se deja expresa constancia de que la parte actora ANGEL ENRIQUE CASTILLO VALERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.433.836, no comparece, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 194° y 145°.
El Juez
ABG. WILLIAM SIMÓN RAMOS HERNÁNDEZ
La Secretaria
Abg. ELIANA A. COSTERO.-
Firma la parte Demandada en señal de asistencia.
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