GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 16 de diciembre de 2.004
Año 194º y 145º
DEMANDANTE: JOSÉ NORBERTO LA VERDE RODRÍGUEZ
APODERADO JUDICIAL: Abog. INGRID ELENA TINOCO LEÓN
MOTIVO: RECTIFICACIÓN PARTIDA DE NACIMIENTO
EXPEDIENTE: Nro. 49.057
Vista el anterior escrito suscrito por la Abog. YNGRID ÉLENA TINOCO LEÓN, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JOSÉ NORBERTO LA VERDE RODRÍGUEZ contentivo del DESISTIMIENTO formulado por la parte actora, este Tribunal HOMOLOGA dicho desistimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Como se solicita, se acuerda la devolución de los originales agregados a los autos, previa certificación a los autos, para cuya obtención se comisiona suficientemente a la ciudadana carolina Contreras, Asistente de este Juzgado, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.- Devuélvanse los originales Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.-
El Juez Provisorio
La Secretaria,
Abog. Rafael Ricardo Giménez
Abog. Coralia Lisauzaba Torres
Se hizo lo ordenado. Se Homologó desistimiento.- Se libró certificación y se devolvieron originales.-
La Secretaria,
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