Quien suscribe abogado YULIMAR FONSECA GONZÁLEZ, SECRETARIA TITULAR DEL JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, SAN DIEGO, NAGUANAGUA Y CARLOS ARVELO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, hace constar que el acta que a continuación se transcribe, es copia fiel y exacta de su original que corre inserto en la Comisión Nro. 2. 049, de la nomenclatura llevada por éste Tribunal: En el día de hoy 10 de diciembre de 2004, siendo las 3:00 de la tarde, se trasladó y constituyó el JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, SAN DIEGO, NAGUANAGUA, Y CARLOS ARVELO DEL ESTADO CARABOBO, a cargo de la Juez Provisorio Doctora MAURICIA GONZÁLEZ, y la Secretaria Titular Abogado YULIMAR FONSECA, en compañía de la parte actora Abogado YALITZA MEDINA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 74.141, en el inmueble ubicado en la Zona Industrial Municipal Norte, Avenida Este-Oeste, calle 88, Municipio Valencia Estado Carabobo. Seguidamente el Tribunal procede a notificar al ciudadana YUSBELY BELLO ALDAMA, venezolana y titular de la cédula de identidad Nro. 12.775.010, la cual manifestó desempeñarse como vigilante secretaria de la Empresa GUARDIPRO, C. A., la cual quedo impuesta de la misión a cumplir decretada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCION DEL TRABAJO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL ESTADO CARABOBO, expediente Nro. 8913. Seguidamente la notificada, ya identificada expone: Manifiesto que la Gerente Regional es la ciudadana LUZMILA BARRIOS y se encuentra en la ciudad de Calabozo, pero el Abogado de GUARDIPRO, C. A., es el Abogado JAIME TORTOLERO, el cual vía telefónica manifestó que converso con la ciudadana LUZMILA BARRIOS, la cual llegó al acuerdo que se trasladaría al Tribunal Ejecutor el día lunes 13 de diciembre de 2004, a los fines de cumplir con la obligación decretada, comprometiéndose a pagar deuda liquida, honorarios profesionales y gastos de depositario, perito, transporte. Seguidamente la parte actora ya identificada expone: Solicito al Tribunal se abstenga de materializar la medida de Embargo en el día de hoy. Por cuanto el Abogado de la parte demandada, oferto un pago, Igualmente de no cumplir la ejecutada con la proposición, solicito al Tribunal fije nueva oportunidad para la Ejecución de la Medida. Seguidamente el Tribunal vista la solicitud de la parte actora, se abstiene de ejecutar la medida, mantiene la comisión en el Tribunal y ordena regresar a su sede, siendo 4:00 de la tarde, Es todo, Termino, se leyó y conformen firman La Juez Doctora Mauricia González Vallés (Fdo) El notificado (fdo) Parte Actora (fdo) La Secretaria Abog. Yulimar Fonseca (fdo)……………………………………………......……
|