REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CRICUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-

Valencia, 01 de Diciembre de 2004
194º y 145º

Vista como ha sido la solicitud de Cobro de Beneficios incoada por la ciudadana DAYSI CARLINA MONTOYA GONZALEZ, asistida por la Abogado MARIA GABRIELA MARCOVICHE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 78.861, actuando en representación del Niño KEVIN ANTHONY SILVA MONTOYA, mediante la cual solicita AUTORIZACION JUDICIAL para proceder a cobrar las Prestaciones Sociales, las Cuotas de la Póliza de Seguro y cualquier otro beneficio que pudiera corresponderle al mencionado Niño, por el fallecimiento de su padre ciudadano KLEIDES LEONARDO SILVA MARTINEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-13.809.847, quien se desempeñaba como Militar en Servicio activo con el grado de Sargento Primero de la Armada de la República Bolivariana de Venezuela.- Vistos los recaudos y actuaciones que integran el presente expediente; SALA DE JUICIO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: RESUELVE: AUTORIZAR a la ciudadana DAYSI CAROLINA MONTOYA GONZALEZ, identificada con la cédula de identidad N° V.- 14.025.884, para que en su carácter de progenitor y Representante Legal del Niño KEVIN ANTHONY SILVA MONTOYA, efectué los tramites correspondientes al cobro de los beneficios descritos.- Se hace la salvedad, al ciudadano Ministro de la Defensa, Comandancia General de la Armada que únicamente la cuota parte que le corresponde al mencionado Adolescente, deberá ser remitida en CHEQUE DE GERENCIA a nombre de este Tribunal de Protección, para ser depositado en un Instituto Bancario a su favor y en resguardo de sus intereses.- Expídase por Secretaria Copia Certificada de la presente decisión, a los fines de que surta su efecto legal.-

LA JUEZ PROFESIONAL DE PROTECCION

DRA. ELOISA SANCHEZ BRITO
LA SECRETARIA



Se cumplió lo ordenado.-
Expediente S-4239.-
ESB/mb.-