…GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRNASITO Y DEL TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE

Cumaná, 19 de Enero del 2004.-
193° y 144°

Vista la diligencia anterior, suscrita por el Dr. JOSE ANTONIO MORENO MIQUILENA, abogado en ejercicio, de este domicilio, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 63.142, actuando en su carácter de Apoderado Judicial del Ciudadano ANDRES ELOY LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.606.913, parte Demandante en el presente juicio, y por la otra parte la abogada en ejercicio NUBIA CARMENZA ZANBRANO MUÑOZ, de este domicilio, e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 25.280, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la parte Demandada EMPRESA SOCIEDAD MERCANTIL INTI C.A., en consecuencia, vista la TRANSACCION efectuada por ante este Tribunal en fecha 14 de Enero del 2004, por el Abogado en ejercicio JOSE ANTONIO MORENO MIQUILENA, de este domicilio, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 63.142, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte Demandante Ciudadano ANDRES ELOY LOPEZ, y por la otra parte Demandada la EMPRESA SOCIEDAD MERCANTIL INTI C.A representada por su Apoderada Judicial Abogada NUBIA CARMENZA ZANBRANO MUÑOZ, de este domicilio, e inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 25.280, habiéndosele dado cuenta a la Ciudadana Juez Temporal de este Juzgado, y por cuanto se observa, que la misma está ajustada a derecho, y los solicitantes del auto homologatorio poseen capacidad procesal para ejercer la potestad de realizar la TRANSACCION, ejerciendo así sus derechos de dar por Terminado el presente procedimiento, así como capacidad jurídica para disponer del objeto que versa la controversia es decir, sobre Derechos disponibles, no resultando violado el orden público ni las buenas costumbres, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Transito y del Trabajo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil Vigente, le imparte la HOMOLOGACION correspondiente a la TRANSACCION efectuada por ambas partes y ordena proceder como en Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. No habiendo materia sobre la cual seguir conociendo, se declara Terminado el presente juicio de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES. Se ordena el archivo del presente Expediente. Archívese el Expediente.
LA JUEZ TEMPORAL;

DRA. INGRID COROMOTO BARRETO LOZADA.
LA SECRETARIA;

ABOG. ISMEIDA LUNA T. de BONILLO.

ICBM. ddmm
EXP. N° 08298/***