REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Coro
Coro, 12 de Enero de 2004
193º y 144º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-S-2003-003765
ASUNTO : IP01-S-2003-003765


DECRETO DE APREHENSION


Visto el escrito presentado por el Abogado: Wilmer E. Luquez Lanoy actuando en su carácter de Fiscal Quinto del Ministerio Público de esta circunscripción Judicial, mediante el cual solicita orden de aprehensión en contra del Ciudadano: Carlos Eduardo Alastre, por encontrarse incurso en la comisión del delito de Abuso Sexual en perjuicio de la Adolescente: Lilian Nurys Pacheco Colina, hecho que ocurrió en fecha 06-12-03 en la población de Tucacas, Estado Falcón. Observa el Tribunal que a dicha solicitud la acompañan: denuncia de la victima imputandole el hecho al Ciudadano: Carlos Eduardo Alastre, actas policiales, acta de entrevista a la testigo referencial Indira Josefina Arguello Mendez y examén médico forense prácticado a la adolescente donde se evidencia que a la victima presentó excoriación en brazo derecho y en posición ginecológica se aprecia excoriación esquimótica en introito vaginal a nivel 6 horario, desfloración reciente y excoriaciones equimoticas en carunculas himeneales a nivel 7 y 8 horario. Lesiones de carácter grave, tiempo de curación 45 dias. Suficientes elementos de convicción para presumir que el imputado ha sido autor o participe en el hecho punible cometido, el cual merece pena privativa de libertad, cuya acción no se encuentra evidentemente prescrita, existiendo peligro de fuga u obstaculización en la busqueda de la verdad por la pena que pudiera llegar a imponerse en el caso. Por estas razones este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta la aprehensión del Ciudadano: Carlos Eduardo Alastre, titular de la Cédula de identidad N° 20145130 residenciado en el Sector Barrio Verde, Calle José Ramón Yepez, a mano izquierda de la Escuela, frente casa del Señor Méndez, Boca de Aroa, Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de abuso sexual previsto y sancionado en el articulo 260 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia librese la correrspondiente bolete de aprehención y remitase con ofició a la correspondiente Fiscalia a los fines de su Distribucción antes los Organimos Policiales Competentes.

La Juez Primero de Control

Abog. Gloria Vargas Vargas

La Secretaria

Abg. Karina González Montenegro